Declarado nulo el juicio de Rodrigo Lanza

Comparte ese artículo

El juicio del llamado “caso de los tirantes”, en el que Víctor Laínez murió a manos de Rodrigo Lanza por llevar unos tirantes de la bandera de España ha sido declarado nulo.

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha declarado nulo el juicio por falta de motivación del jurado. Por tanto, también se declara nulo el veredicto y la sentencia.

La sentencia condenaba a Rodrigo Lanza por homicidio imprudente por motivos ideológicos. El jurado no apreció delito de asesinato, según el Tribunal no sabía que su acción podía acabar con la vida de Víctor Laínez. Le causó unas lesiones de carácter grave que más tarde acabaron con su vida.

Los hechos ocurrieron el día 8 de diciembre de 2017 en un bar del casco histórico de Zaragoza. Por ello, se condenó a Rodrigo Lanza en noviembre de 2019 a cinco años por homicidio imprudente.

Al declarar nulo el juicio, se celebrará un nuevo juicio con otro jurado distinto. El motivo es la falta de motivación en el veredicto del jurado, tal y como reclamaban la Fiscalía, los abogados de la víctima y de la acusación popular.

La falta de motivación supone una vulneración del derecho fundamental de la tutela judicial efectiva y de una garantía esencial prevista en la Constitución.

Existe “un verdadero deber de motivación del veredicto por los jurados”.

El TSJA apunta que la ley exige que, en el acta de la votación del jurado, se recojan los elementos de convicción tomados en consideración, pero también una sucinta explicación de las razones por las que el jurado acepta o rechaza declarar determinados hechos como probados.

Según los magistrados del TSJA, el jurado debe aclarar qué información ha considerado de valor probatorio y por que unas declaraciones o pruebas periciales las acepta y por qué rechaza otras.

Lo más importante a juicio del TSJA, es la falta de explicación de las razones por las que el jurado consideró que no hubo dolo de matar, sino intención de lesionar.

Por todo esto, estiman los recursos presentados por la Fiscalía, la acusación particular y la acusación popular por quebrantamiento de las normas y garantías procesales por falta de motivación.

Esto significa que se anula el juicio, el veredicto y la sentencia, debiendo celebrarse un nuevo juicio con un nuevo jurado.

Contra esta sentencia no cabe recurso.

 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

error: Contenido protegido por derechos de autor c) 2021 h50. Está expresamente prohibida la redistribución y la redifusión de este contenido sin su previo y expreso consentimiento.