SIPE denuncia el nombramiento ilícito en puestos de superior categoría en la Policía Local de Sestao

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Duras acusaciones las que ha vertido el Sindicato Profesional de la Ertzaintza (SIPE) contra el actual alcalde de Sestao, Josu Bergara, a propósito de las supuestas comisiones irregulares en puestos de superior categoría en la Policía Local de Sestato:  “El equipo de Gobierno del Excmo. Ayuntamiento de Sestao, con Josu Bergara a la cabeza, incumple la Ley de Transparencia”.

Según este sindicato, han pasado más de dos meses desde que la Comisión Vasca de Acceso a la Información Pública,  organismo independiente del Gobierno Vasco, resolviera a favor de las peticiones de dicha organización sindical.

Mediante resolución 43/2020, de 23 de septiembre, insta a la administración dirigida por D. Josu Bergara, a facilitar toda la documentación relativa a los nombramientos de agentes de la Policía Local en puestos de superior categoría, mediante distintas comisiones de servicio. 

Según denuncia SIPE, dicha documentación aún no ha sido remitida hasta la fecha, por lo que acusa al máximo responsable del Ayuntamiento de Sestao de “incumplir con la Ley de Transparencia”.

Esta organización sindical realizó dicha solicitud al tener fundadas sospechas de que pudieran estar vulnerándose, reiteradamente, el reglamento que regula este tipo de provisiones, así como los principios constitucionales que implican el derecho individual al desarrollo de la función pública de los funcionarios de la Policía Local de Sestao.

En concreto, podrían estar quebrantando la normativa referente a los nombramientos de los agentes en puestos de superior categoría, ya que, según denuncian,  existen casos que han superado “sobradamente” los 3 años que como máximo, puede durar este mecanismo para la provisión de puestos de trabajo.

SIPE señala, mediante una nota de prensa enviada a este medio, que existen funcionarios que permanecen en ciertos puestos de trabajo de superior categoría durante más de 14 años, encadenando una comisión tras otra, sin tan siquiera haber participado en los procesos selectivos ni formar parte de ninguna bolsa de trabajo, a propósito de las suplencias por ausencias en dicha categoría.

La duración máxima de las comisiones de servicios están legalmente establecidas mediante DECRETO 388/1998, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento de provisión de puestos de trabajo de los funcionarios de los Cuerpos de Policía del País Vasco.

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