“Salvajada. Esto no puede consentirse”, contundentes palabras de la Guardia Civil

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Así de contundentes son las palabras hechas públicas por la Guardia Civil, que unidas a la imagen de un equino con lesiones graves en su cabeza, animan a la ciudadanía a denunciar los hechos de maltrato animal de los que tengan conocimiento.

Desde este cuerpo policial solicitan a la ciudadanía que sea la voz de los animales y que no consientan el maltrato animal, “sé tú su voz, no consientas el maltrato animal”, y con los hashtag en redes sociales #Denuncia #YoSiPuedoContarlo animan a todos los que sean testigos de maltrato a llamar al teléfono 062 para denunciar por quien no puede hacerlo.

Penas por el maltrato o abandono de animales

El maltrato a los animales es un delito grave penado en el artículo 337 del Código Penal con una pena que va desde los 3 meses1 año de prisión. Este artículo dispone: ” El que por cualquier medio o procedimiento maltratare injustificadamente a un animal doméstico o amansado, causándole la muerte o lesiones que menoscaben gravemente su salud, será castigado con la pena de tres meses a un año de prisión e inhabilitación especial de uno a tres años para el ejercicio de la profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales”.

En los casos de maltrato que no sean la muerte o graves lesiones del animal el Código Penal los califica de delitos menos graves contemplados en el artículo 632.2 C. Penal, donde se considera que aquel que los maltratare cruelmente será castigado con la pena de multa de 20 a 60 días o de trabajos en beneficio de la comunidad de 20 a 30 días.

Igualmente se considera un delito menos grave, el abandono de un animal doméstico en condiciones en que pueda peligrar su vida o integridad, para los que señala una pena de multa de 15 días a 2 meses.

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