Prisión preventiva por tentativa de homicidio para el hombre que intentó estrangular a una policía nacional en Sevilla

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La titular del Juzgado  de Instrucción número 20 de Sevilla, Dña. Adelaida Maroto Márquez, ha ordenado el ingreso en prisión del hombre  detenido en Sevilla que intentó estrangular a una policía nacional en el momento que la agente y su binomio se disponían a inspeccionar el vehículo que ocupaba junto con otra persona.

El sindicato de la Policía nacional JUPOL, se ha personado como acusación particular en la causa contra el hombre que agredió a una agente de la Policía Nacional de Sevilla con la técnica del mataleón, “gracias a lo cual se ha logrado que el juez decrete prisión provisional para el autor del intento de homicidio a una policía de Sevilla”, indican desde esta organización.

Unos hechos que se produjeron el pasado sábado 28 de enero cuando, la policía agredida se acercó junto a su compañero de patrulla a un vehículo que obstaculizaba la calle, tras lo que los ocupantes del coche respondieron de forma violenta contra los policías, que tuvieron que llamar refuerzos para tratar de reducir a los agresores.

Del mismo modo, los agentes fueron ayudados por dos ciudadanos que presenciaron la agresión, uno de ellos legionario y el otro vigilante de seguridad. Dos ciudadanos cuya actuación fue fundamental para liberar a la policía agredida de su agresor que estaba en ese momento intentando asfixiarla mediante la técnica del mataleón.

La agente agredida se encuentra de baja por prescripción médica, al presentar un esguince cervical, un esguince de rodilla y contusiones varias por la cara y el cuerpo. Por su parte el detenido, fue en un principio acusado de un delito de atentado contra la autoridad, pero tras dar traslado del caso al Grupo de Homicidios de la Brigada Provincial de Policía Judicial de Sevilla, se le ha imputado un delito de homicidio en grado de tentativa.

En el auto judicial destacan la “necesidad de asegurar el proceso, evitando riesgo que parte del investigado, a saber su sustracción a la Administración de Justicia, la obstrucción de la instrucción penal, la protección de los bienes jurídicos de la víctima, y en un plano distinto aunque íntimamente relacionado, la reiteración delictiva, debiendo tomarse en consideración para su adopción, la naturaleza del hecho, la gravedad de la pena que pudiera llegar a imponerse al investigado, la situación familiar laboral y económica de éste, así como la inminencia de la celebración de juicio”, a la vez que se resalta que “en el presente supuesto concurren los requisitos necesarios para decretar la prisión provisional, dada la gravedad de los hechos que se le imputan, teniendo en cuenta, sin perjuicio de ulterior calificación, las penas previstas en los artículos 15, 62 y 138 del Código Penal para el delito de homicidio en grado de tentativa o subsidiariamente, artículos 550, 551.2 del Código Penal para el delito de atentado ya que de las diligencias practicadas resulta que el día 28 de enero de 2023, en el curso de una intervención policial, (el detenido) agredió con gran violencia a los agentes de la Policía Nacional y llegando a ejecutar una técnica de estrangulamiento potencialmente peligrosa para la vida de la agente susceptible de causarle lesiones graves, hasta el punto de que la misma llegó a perder el conocimiento, siendo necesario la intervención de otras personas para que (el detenido) la soltara”.

Para la jueza “existen motivos bastantes para creer responsable criminalmente del delito cometido al investigado, que fue detenido acto seguido de ocurrir los hechos y teniendo en cuenta las declaraciones de los testigos ante la policía”.

Indican en su auto que, “además concurren los fines que justifican la prisión preventiva, en especial, la necesidad de evitar que pueda intentar condicionar las declaraciones testificales, máxime la peligrosidad demostrada, estando en sus primeras fases, la investigación de la causa, por lo que también se evidencia preciso, evitar la obstrucción de la instrucción penal”, “A todo ello debe añadirse que existen en la causa motivos de los que puede inferirse racionalmente riesgo de fuga, teniendo en cuenta la naturaleza del hecho y la gravedad de la pena que en su día puede llegar a imponerse”.

Por todo ello se acuerda la prisión provisional comunicada y sin fianza del investigado al no existir otras medidas menos gravosas que garanticen que el investigado no se sustraerá a la acción de la justicia.

¿Cuál es la peligrosa técnica del “mataleón”?

Esta técnica consiste en estrangular a la víctima sorpresivamente y por la espalda, mediante la colocación del antebrazo presionando un lado del cuello y el bíceps en el otro, consiguiendo así que se interrumpa el paso del riego sanguíneo hacia el cerebro y provocar el desvanecimiento del perjudicado.

La técnica es sumamente peligrosa, dado que si se hace por personas que no sean altamente capacitadas, podría aplicarse de manera errónea presionando la tráquea o bloqueando demasiado tiempo el paso de sangre hacia el cerebro.

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