El  SEPRONA de  la  Guardia  Civil  investiga a  dos  personas  por  cazar  en  un  coto falsificando la autorización del titular

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Uno de los investigados ejerció la caza utilizando la autorización que  habilitaba  a  otra  persona,  tras  cambiar  el  nombre,  con  previo consentimiento de éste

Se les considera autor y cómplice de un delito contra la fauna y autores de otro de falsedad documental

El SEPRONA  de la Guardia Civil de Zaragoza ha investigado a dos personas por un presunto delito contra la flora y fauna y otro  de  falsificación  documental,  al  ejercer    la  actividad  de  la  caza  en  un coto  tras  haber  falsificado el  documento  de  autorización  del  titular  del mismo.

Los hechos ocurrieron el pasado 26 de junio, cuando el Guardia Rural de un  coto  solicitó  la  presencia  de  la  Guardia  Civil  para  identificar  a dos personas que circulabande noche por un monte del término municipal de Épila, portando un rifle en el interior de su turismo.

Una  vez  identificados el  conductor comunicó que veníade  cazar  de  un coto ubicado en Nigüella y mostró a los agentes la licencia de armas, guía de  pertenencia  del  arma,  un  precinto  de  corzo  y  la  fotocopia  de  un documento  del  titular  del  terreno  cinegético,  resultando  que  éste  último presentaba irregularidades que indicarían haber sido manipulado.

Por  todo  ello,  el  SEPRONA  inició  la  correspondiente  investigación  que determinó que el conductor identificado no contaba con la autorización del titular  del  coto  donde  ejerció  la  caza,  así  como  que  el  documento que supuestamente  lo  habilitaba  para cazar  había sido  falsificado,  puesto  que se trataba de una fotocopia del documento original donde constaba el sello el  Ayuntamiento,pero  se  había  tachado  el  nombre  de  la  persona  que había  sido  autorizada  para  cazar  cambiándolo  por  el  del  varón  que  fue identificado.    Una  acción  realizada  con  el  consentimiento  de  la  persona habilitada  para  ejercer  la  caza  en  dicho  cotopero  no  con  la  autorización del titular del coto.

Una  vez  obtenidos  todos  los  indicios  que  implicaban  a  ambos  cazadores en esta actividad ilícita, éstos fueron investigados, el pasado 3 de agosto, como  autor  y  cómplice  de  un  presunto  delito  contra  la  fauna  y  como presuntos autores de otro delito de falsificación de documento.

El apartado 2 del artículo 335 de la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código   Penal,   recoge   como   delito   el   cazar   o   pescar   especies   no protegidas en  terrenos  públicos  o  privados  ajenos,  sometidos  a  régimen cinegético especial, sin el debido permiso de su titular, será castigado con la pena de multa de cuatro a ocho meses e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de cazar, pescar o realizar actividades de marisqueo por tiempo de uno a tres años.  Asimismo, los artículos 390 y siguientes de la citada norma castigan los delitos de falsedad documental.

Fuente: Guardia Civil

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