Bicentenario de la Policía Nacional: La Policía en 1836 (2 parte)

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Seguiremos comentando el mismo documento del que ya nos hemos ocupado en el artículo anterior, que versó sobre el estado en que se encontraba la Policía de Madrid en 1836. El Subdelegado especial de Policía de Madrid no solamente hablaba de este punto. Se ocupaba mucho más extensamente de otro asunto, que utilizando sus palabras era cómo se debería actuar en las combinaciones “que permitan a las facciones conspirar con armas legales”. La parte que se ha comentado, la denominaba “parte reglamentaria”, y que según él era la más fácil de desempeñar.

Por el contrario, esta segunda parte, sería más “delicada”. Era evitar los planes y combinaciones de los enemigos del gobierno que podían cambiar “todos los días”, por lo cual exigía a la policía “unas cualidades especiales” muy destacadas.

La policía y sus clases

Desde la fundación de la policía en 1824 se venía hablando de dos clases de policía, a la que se unió en 1828 otra más para mayor confusión. Eran la policía pública, la policía secreta y la Alta Policía. La primera, por policía pública, se entendía la policía gubernativa que actuaba mediante previa identificación y de forma abierta y reconocible por la gente. La policía secreta, en realidad, no existió nunca como institución, porque con esta expresión se venía a referir a los “fondos de policía”, es decir a una partida presupuestaria para pagar por información, y a quienes participaban en darla constituyendo una red de confidentes, se les llamaba policía secreta. El único punto en común que tenían estos fondos de policía con la policía pública, era que su archivero fue quien manejó durante mucho tiempo esos fondos.

La Alta policía derivó del lenguaje utilizado por la policía bonapartista. En Andalucía se rigieron por el Reglamento de Policía de Soult. Las principales competencias atribuidas por ese Reglamento a la Policía, promulgado el 28 de noviembre de 1811, fueron las siguientes. En primer lugar, las concernientes a la Alta Policía. El artículo VIII decía textualmente:

“Las atribuciones de alta policía son: proceder contra los malhechores, desertores,             fugitivos, prisioneros de guerra, dispersos no sometidos, insurgentes, vagamundos,     casas de juegos prohibidos, reuniones ilícitas y contrarias a la seguridad del Estado,   personas que llevan armas sin licencia, espionajes, toda correspondencia criminal con los enemigos y cualesquiera delitos contra la seguridad pública, a la salubridad y a los    reglamentos de policía; velar sobre los pasaportes y cartas de seguridad, libelos,     pasquines y papeles contra el gobierno y, en fin, el fraude y el contrabando, en todo lo      que puede perjudicar a los intereses de la Real Hacienda o a contrariar la ejecución de    los reglamentos y leyes administrativas”.

Como se puede observar hay tres grandes grupos dentro de estas atribuciones de alta policía: por un lado, de los delitos que podríamos llamar “políticos”, en los que se engloban todos los que se están oponiendo a la ocupación francesa y a las autoridades josefinas; a estos siguen en importancia los relacionados con los documentos identificativos, pero también los que se refieren a la propaganda subversiva y se termina con los fraudes y contrabando que pueden perjudicar la marcha la Real Hacienda. De todas formas este es el principal núcleo de las competencias atribuidas a la Policía, y las que mayor oposición suscitaron a la hora de ser ejercidas en la práctica. En definitiva, correspondía a la Alta Policía ocuparse de los delitos más graves. Vamos a comprobar a continuación en qué puntos coincidían estas competencias de la Alta Policía con lo que proponía el Subdelegado especia de Policía de Madrid.

No enlazaba esa propuesta del Subdelegado con la realidad de la Alta Policía, que había sido disuelta tres años antes. La Alta Policía se fundó en 1828 a las órdenes de José Manuel del Regato y se ocupó, de forma preferente tanto dentro como fuera de España, de temas relacionados con el espionaje y de policía política. Eso explica la suerte que corrió su fundador y único director, que, en cuanto murió Fernando VII, fue destituido de su cargo, la organización que presidía, disuelta, y él, desterrado a Filipinas, desde las que nunca se le permitió regresar a la península.

Las cuatro partes de las secciones reservadas

Recordemos que la finalidad del cambio en la actuación de la Policía se debía, según el subdelegado, a la necesidad del Gobierno de contar con “alta policía”, “como primera garantía de su seguridad”. Una de las partes de la acción de esta policía, era la reglamentaria –las cuestiones meramente administrativas- la otra, la segunda parte “es la más delicada debiendo operar en las combinaciones bajo un Gobierno representativo, incompatible con la arbitrariedad y que permita a las facciones conspirar con armas legales”. Para lograrlo, se describía qué competencias deberían atribuirse a la policía en esta segunda parte. El Subdelegado las englobó en cuatro partes dentro de lo que llamaba secciones reservadas. Como veremos hay dos sumamente interesantes.

La primera y la tercera de esas secciones eran de alguna forma complementarias. Por ello, se van a estudiar conjuntamente.

“1ª. Saber todo lo que pasa en la demarcación de su cargo con respecto a vicios y pasiones marcando los individuos que de cualquier modo se ocupan de trastornar el orden público, y la influencia que puedan tener estos sobre los fanáticos que les sirven de instrumento, imprentas y sociedades secretas.

3ª. Encargo de contrarrestar cuantas noticias alarmantes inventen los partidos extremos, para lo cual se hace indispensable que el Gobierno se apresure a comunicar a la Policía cuantas noticias crea que se deben rebatir y en qué sentido, sobre todo las  de las Provincias, pues que la subdelegación solo podrá obrar con tino en su localidad. Todo lo demás que adquiera carecerá de certidumbre si el Ministerio no le ilumina para el mejor acierto. Esta sección que debe estar compuesta de sujetos inteligentes, sirve al mismo tiempo para esparcir doctrinas generosas y de pura bondad que tiendan a destruir con maña las pasiones y venganzas que naturalmente poseen las revoluciones, venganza que después de restablecida la normalidad siempre dejan rastro, este servicio es un verdadero manantial de prosperidad y tranquilidad pública”.

Es la parte “más política” de este escrito. Si un Gobierno quería estabilidad, tenía que tomar dos medidas: la primera, saber quiénes estaban conspirando contra él  y los medios que utilizaban y la segunda, contrarrestar su propaganda haciendo llegar a la población noticias que la contrarresten. Uno de los medios más eficaces para ello hubiera sido la prensa adicta, en vez de encomendarlo a la policía. De hecho, se hizo así durante muchos años pagando de los fondos reservados a periodistas tanto afines al gobierno para que ensalzaran en mayor grado sus logros y a los de la oposición para que suavizaran sus críticas.

La segunda se ocupaba de los delitos comunes.  “Observar las casas de prostitución, ladrones, encubridores de estos, mal entretenidos, vagos y usureros ocultos que empeñan y compran a bajo precio alhajas de toda especie sin examen de su procedencia fundiéndolos o deshaciéndolos por ellos mismos cuando no los mandan a las provincias y al extranjero”.

Las casas de prostitución han atraído desde siempre una gran atención policial. Las razones eran varias pero estaban muy claras. En primer eran un lugar muy frecuentado por grupos criminógenos y en segundo, manejan mucho dinero en efectivo, por lo cual fácilmente se convertían en nidos de corrupción. Otro aspecto más: en el siglo XIX eran utilizadas como lugar para celebrar reuniones al margen de toda sospecha y donde los delincuentes solían celebrar los éxitos de sus golpes. El que la policía les prestara una atención especial era normal.

Andando el tiempo, en la Restauración se creó la famosa sección de Higiene, compuesta de dos negociados: el médico, para el control de enfermedades infecciosas, porque se estableció que las prostitutas tenían que pasar controles médicos periódicamente y el policial, para controlar ese mundo delincuencial que rodeaba a los prostíbulos. Precisamente, fueron las prostitutas las primeras trabajadoras que tuvieron que pasar esos controles médicos y los policías adscritos a esa sección los más estables en sus empleos –hubo alguno que permaneció en esta sección más de veinticinco años-, porque, debido a este destino, eran conocedores de ciertos secretos que no podían ser divulgados. Las cesantías no tuvieron ningún efecto en estos casos. Esta sección desapareció en 1953 cuando se dejó sin cobertura legal a las casas de prostitución.

En cuanto, a los ladrones, mal entretenidos y receptadores, especialmente cuando eran conocidos por ser habituales o reincidentes, se convirtieron en un gran problema, como ya apuntaba el subdelegado. En Madrid se trató de hacer frente a la situación creando una unidad especializada, que dependía directamente del gobierno civil, que se le llamó Ronda especial de Seguridad. Esto sucedería dos años después de este informe, a finales de 1838. Esta Ronda fue un antecedente muy claro de lo que, andando el tiempo, sería la Brigada de Investigación Criminal. Fue el primer signo de una especialización en el trabajo.

La cuarta se refería a los extranjeros. Partía el subdelegado de la ambigüedad de las leyes sobre el régimen de extranjería y en los tratados internacionales. Había necesidad urgente de la policía los vigilara,  porque “es indudable que, en las actuales circunstancias, vienen a España muchos extranjeros que, cubriendo el verdadero motivo que los trae, pueden ser emisarios y agentes de partidos políticos”.

¿Qué extranjeros deben ser vigilados con una especial atención? Se da una relación de las prioridades:

“Entre estos extranjeros los primeros que deben figurar son los miembros del Cuerpo Diplomático, con especialidad los que no han reconocido a la Reina Nuestra Señora, y están no solo tolerando sino con las respectivas armas de sus Estados sobre las puertas, lo cual los reviste de inmunidades adoptadas por el derecho de gentes. Se deben vigilar los emisarios secretos de los mismos Gobiernos, nuestros aliados. Los encargados de banqueros de todas las categorías de diferentes puntos de Europa. Los corresponsales de periódicos franceses, ingleses y alemanes. Los que aunque domiciliados y naturalizados mantienen intimidad con los enviados diplomáticos de sus países y cuentan con su protección. Los hay que vienen con espíritu aventurero y que entremeten en la sociedad más familiar, no sin graves inconvenientes. Los habrá sin duda encargados de corresponderse secretamente con policías del otro lado de los Pirineos. Aunque por sus opiniones políticas parece que los enviados que lleguen de las repúblicas de América no debieran ser observados, también deben vigilarse por la policía. Todos estos sujetos requieren ser celados de cerca: los mismos enviados diplomáticos de las Cortes aliadas, suelen no estar muy bien avenidos entre sí, aunque las apariencias indiquen lo contrario; y este es asunto que conviene averiguar para inferir la causa de sus rivalidades, y hasta qué punto puedan ser útiles o perjudiciales al Gobierno de la Reina Nuestra Señora”.

Sorprende un poco esta lista, pero no en exceso. La presencia destacada de agentes diplomáticos, incluidos los que provenían de América. La razón para tenerlos tan presentes es que incluso los que provienen de cortes aliadas suelen estar poco avenidos entre ellos. No es extraño que figuren en ella, corresponsales de periódicos extranjeros, los emisarios secretos de otros gobiernos, los encargados de banqueros. Sin embargo, es bien conocida la presencia de ciudadanos extranjeros que venían a España a pescar en el río revuelto de la guerra, a los que se refiere como de “espíritu aventurero”. En esta categoría se podrían incluir a ciertos delincuentes, que veían como una liberación venir a España.

Algo para terminar

Es aleccionador el hecho de que alguna de estas propuestas y necesidades descritas en este informe se fueron haciendo realidad posteriormente, algunas al poco tiempo de ser redactadas. Destaca un aspecto sobre todos los demás: sin información es imposible prevenir delitos de forma eficaz. Pero, esta información necesitaba para ser obtenida un dinero, del que en plena guerra no se disponía. Esto lo experimentó en sus carnes el Ministro Manuel Cortina cuando suprimió por decreto de 2 de noviembre de 1840 la partida de gastos reservados. Cesó de llegar información. En vez de reconocer su error, como si lo hicieron las cortes para el presupuesto del año siguiente, pretendió que cargaran con ese gasto las Diputaciones provinciales.

El que se intentara que la policía asumiera las competencias en las secciones reservadas, especialmente las dos referidas a los intereses políticos del Gobierno: marcar a los individuos que pudieran estar en la oposición y contrarrestar las noticias falsas que se difundieran sobre su actuación. En cuanto a la primera, dio lugar a uno de los mayores abusos, porque permitió amañar las elecciones, desterrando a los opositores de sus pueblos los días de la votación. La segunda no se llegó a cumplimentar porque era una  misión imposible, mientras la Policía no tuviera una cabeza propia que hiciera circular las noticias, como ocurrió cuando se produjo la oleada de cartas bomba en 1831.

Tal vez lo más interesante de este informe es constatar el grado tan mínimo de la politización del ramo de Protección y Seguridad Pública, a pesar de los ataques que sufría alegando este motivo. Pueden tomar nota de ello los detractores modernos para cesar en la difusión de una información que se puede encuadrar en la segunda de esas secciones reservadas.

Martín Turrado Vidal

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