Vídeo última hora| Impiden volar drones sobre el volcán: legislación y motivos

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La última hora del volcán aparece en un vídeo del twitter oficial de la asociación POLICIA H50.

El portavoz de la Guardia Civil que apareció ayer por la mañana en el programa Espejo Público de Antena 3 fue contundente: “está prohibido sobrevolar con drones el volcán”. Los motivos son evidentes; dificultan las operaciones de la Guardia Civil.

A continuación, en el mismo programa, un vecino de la zona se quejaba de que si impedían el sobrevuelo de los drones particulares, desaparecería la mejor fuente de información para los vecinos del lugar.

En ocasiones, sobre todo en grandes catástrofes, es difícil conjugar la necesidad con la legalidad. En este caso la necesidad es conocer la situación y estado de los hogares de los vecinos que se han visto obligados a abandonar la zona. Viven en una angustia. Por otro lado la legislación es evidente y además, los drones particulares pueden entorpecer la labor de los investigadores y científicos en la zona.

Facilitamos la legislación sobre drones a nivel general:

La Normativa de drones en España, actualmente, han comenzado a aplicarse Los Reglamentos Europeos RE 2019/947 RE 2019/945. Además, el Real Decreto 1036/2017, de 15 de diciembre, que modifica el RD 552/2014, de 27 de junio, seguirá vigente hasta el 1 de enero de 2022.

Durante este año, se espera la publicación de un nuevo RD que regule el vuelo de drones en España y actualice la normativa vigente con respecto al reglamento europeo.

Reglas generales. Normativa drones de menos de 250 gr.

  1. Debes superar, como mínimo, el examen de AESA de Nivel 1 para obtener el certificado que te permitirá volar tu dron en subcategorías A1 y A3 de la categoría abierta.
  2. No debes superar los 120 metros de altura desde el suelo ni los 50 metros de distancia horizontal.
  3. No puedes volar en Parques Nacionales, zonas de conservación de fauna, Reservas de la Biosfera, y demás espacios naturales protegidos.
  4. Debes respetar la norma de no volar en un radio de 8 km de cualquier aeropuerto, aeródromo u otros espacios aéreos controlados.
  5. Si tu dron lleva cámara, también tienes que tener cuidado en no vulnerar la Ley de Protección de datos y el Derecho al Honor e Intimidad de las personas.

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