La Audiencia Nacional abre en los tribunales europeos la puerta a una pelea por unas dietas justas para los policías

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Ante el frente abierto entre los diferentes convenios colectivos en el sector de las aerolíneas, y donde la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha planteado sus dudas sobre una posible discriminación por razón de sexo, acerca de que el colectivo de tripulantes de cabina (azafatos), compuesto por un 94% por mujeres, perciban menos cuantías en concepto de dietas por desplazamientos que el colectivo de pilotos, donde el 93,71% son hombres.

El Sindicato de Tripulantes Auxiliares de Vuelo de Líneas Aéreas (STVALA), solicitó la nulidad del artículo que fija las cantidades a abonar a este grupo de trabajadores por los desplazamientos o estancias fuera de lugar de trabajo, al detectar que estaban por debajo de lo marcado en el caso de los pilotos.

La aerolínea Air Nostrum negó la discriminación por sexo, y alega que los convenios colectivos son distintos y no comparables, debido a que no realizan un “trabajo de igual valor”, lo que justificaría un trato retributivo diferente.

La Audiencia Nacional no tiene tan claro la postura de la aerolínea y ha cuestionado que la existencia de dos convenios pueda sostener dicha diferencia, y es que la Audiencia Nacional ha recordado que, según el Estatuto de los Trabajadores, las dietas no tienen consideración de salario, lo que significa que las diferentes cantidades establecidas no pueden estar sujetas al diferente “valor del trabajo”, tal y como argumenta la aerolínea.

El tribunal especifica que las dietas “constituyen la indemnización que la empresa satisface a sus empleados por los gastos que se originan a ambos colectivos en los desplazamientos que se efectúen por necesidades de la empresa o permanencia fuera de su base”, un hecho al que se pueden a agarrar sindicatos y asociaciones policiales, al considerar discriminatorio el hechos de que mandos dispongan de más dinero para comer o dormir en un establecimiento mejor.

La pregunta ha sido elevada por la Audiencia Nacional al tribunal con sede en Luxemburgo con el criterio en contra de la Fiscalía y la Abogacía del Estado, que representa a la Dirección General de Trabajo y el Instituto de las Mujeres. A mayores, los servicios jurídicos del Estado se posicionaron a favor de la aerolínea y afirmaron que los convenios de los pilotos y azafatos de Air Nostrum no son equiparables y no pueden estar sometidos a una misma regulación, ya que sus circunstancias laborales no son las mismas.

La sentencia del juicio, celebrado el pasado siete de febrero, tendrá que esperar hasta recibir la respuesta del tribunal europeo, que tardará varios meses. Una pronunciación que mantendrá en vilo a los servicios jurídicos de los representantes policiales, que llevan años denunciando unas escasas y discriminatorias dietas que mal padecen los policías del Estado.

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