Condenan a una compañía telefónica por atosigar a un cliente

La compañía tendrá que indemnizar con 900 euros a un particular por los “quebrantos personales” que le causó cuando este se dio de baja en el servicio. Según la sentencia, la empresa generó perjuicios susceptibles de indemnización en la esfera personal del actor, “haciéndole llamadas, mensajes y comunicaciones” constantes para intentar cobrarle “penalizaciones y consumos”…

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