¿Por qué el Congreso no inhabilita al diputado de Podemos que agredió a un policía nacional?

Comparte ese artículo

Esta es la cuestión que el Tribunal Supremo ha dirigido a la mesa de la presidenta del Congreso de los Diputados, Meritxell Betet. El alto tribunal ha remitido un documento este miércoles exigiendo a la cámara baja el cumplimiento de la condena de inhabilitación del diputado de Unidas Podemos, Alberto Rodríguez por agredir a un agente de la Policía Nacional en La Laguna en 2014.

“Dirijo a V.E. el presente para interesar la remisión a esta Sala, del informe sobre la fecha de inicio del cumplimiento de la pena de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo, impuesta a don Alberto Rodríguez Rodríguez en la causa especial 3/21019/2019, en virtud de sentencia núm. 750/2021, con la finalidad de llevar a efecto la práctica de la correspondiente liquidación de condena”, ha exigido formalmente a través de un escrito la sala segunda del Supremo a la espera de la ejecución de la sentencia.

El documento ha sido hecho público por la diputada de Vox Macarena Olona que ha calificado como “diputado delincuente, pateador de policías, de Podemos” al sujeto que actualmente todavía permanece anclado a su escaño.

La Sala II del Tribunal Supremo había condenado al diputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez Rodríguez como autor de un delito de atentado a agente de la autoridad, con la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas, a la pena de 1 mes y 15 días de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. Precisamente este segundo punto es la clave que motiva el escrito del Supremo.

Alberto Rodríguez, declaró en calidad de investigado el pasado 20 de octubre ante el magistrado del Tribunal Supremo Antonio del Moral en relación a la agresión del diputado de Podemos a un policía en una protesta estudiantil contra la Lomce en la localidad canaria de La Laguna (Tenerife).

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

error: Contenido protegido por derechos de autor c) 2021 h50. Está expresamente prohibida la redistribución y la redifusión de este contenido sin su previo y expreso consentimiento.