Multas de hasta 1000 euros por el mal uso del patinete eléctrico

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La Dirección General de Tráfico en al última instrucción hecha pública aclara a los usuarios de los patinetes eléctricos (vehículos de movilidad personal  o VPM), ayuntamientos y policías locales la normativa que los regula a día de hoy a la espera de que publique la regulación formal que actualmente está en fase de tramitación.

Esta instrucción de la Dirección General de Tráfico que regula al usuario del patinete eléctrico o cualquier vehículo de movilidad personal -VPM de una o más ruedas dotado de una única plaza y propulsado por motor eléctrico- cuya velocidad sea superior a los 6 kilómetros por hora pero no exceda los 25, podría ser sancionado por las siguientes infracciones:

  • Con multas entre 500 y 1.000 euros por conducir bajo los efectos del alcohol, los conductores de los vehículos de movilidad personal  o VPM tienen la obligación de someterse a pruebas de alcohol y drogas y, de negarse serán denunciados por una infracción administrativa. A mayores, si el conductor diera positivo en alcohol o drogas podría inmovilizársele el vehículo.
  • Está prohibido hacer uso del móvil o de cualquier otro sistema de comunicación, así como también está prohibido conducir haciendo uso de cascos o auriculares. En caso de ser detectados serán sancionados con 200 euros.
  • Los vehículos de movilidad personal  o VPM tienen prohibido desplazarse por aceras y zonas peatonales y solo podrán ser utilizados por una persona. En caso de más ocupantes, la sanción sería de 100 euros.
  • Conducción negligente y por tanto punible cuando la misma se realice por la noche sin alumbrado ni prendas o elementos reflectantes, con una sanción de 200 euros.
  • Infracciones cometidas por menores de 18 años, los padres, tutores, acogedores y guardadores legales o de hecho, responderán solidariamente de la infracción cometida por el menor.

De competencia municipal

  • El uso del casco.-  Ante la falta de una regulación en el Reglamento General de Circulación en el uso de éste elemento, el mismo se regirá por la ordenanza municipal de cada ciudad. Si la ordenanza de la ciudad donde circulase el vehículo lo así lo recogiera, el usuario se enfrentaría a sanciones de 200 euros.
  • Las ordenanzas municipales establecen las prohibiciones relativas a las paradas y estacionamientos de los vehículos de movilidad personal  o VPM. La Dirección General de Tráfico -DGT- desea que la acera sea del peatón, pero su regulación es exclusivamente municipal.

Regulación de la norma en fase de tramitación

La regulación formal de los vehículos de movilidad personal  o VPM se encuentra en fase de tramitación por parte de la Dirección General de Tráfico, por lo que esta instrucción, según ha informado la DGT,  es una medida a la espera de que apruebe la regulación formal.

La DGT en una en instruccion de 2016, ya consideraba que los los vehículos de movilidad personal  o VPM tenían “una consideración de vehículos y en consecuencia el usuario es un conductor”, por lo que “si hay comportamientos indebidos son objetos de denuncia”, y, esta instrucción sirve para dar criterios, pero cada ayuntamiento lo aplicara  en funcion de sus ordenanzas municipales.

Multan a la madre de un menor que circulaba con un patinete eléctrico por una acera de Vigo

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