Multa de1.000 euros cada 15 días al Jefe de la División de Personal de la Policía Nacional por no ejecutar el pago de un agente

Comparte ese artículo

Es notorio los casos de policías que habiendo ganado contenciosos en los que reclamaban que la División de Personal de la Policía Nacional les pagara el dinero que se les debe no había forma de cobrarlo. Retrasos y retrasos pese a la firmeza de sentencias y la División sin ejecutar lo ordenado. Pero todo tiene un limite, han entendido desde el T.S.J. de Canarias.

Los servicios jurídicos del sindicato Confederación Española de Policía -CEP- han logrado que el Tribunal Superior de Justicia de Canarias imponga una multa coercitiva de 1.000 euros al jefe de la División de Personal de la Policía Nacional, y que esta sanción se reitere cada quince días hasta que no paguen a su afiliado los 418,71 euros que le deben de los 938,44 que tenía que cobrar por un exceso horario, todo ello tras otro contencioso ganado también por este sindicato policial.

“La burocracia no puede vivir instalada en el siglo pasado”

Pero el TSJ de Canarias va más allá, califica esta actitud de la División de Personal de “ejemplo paradigmático de pasividad estatal”, confirmando así lo que los representantes de los agentes vienen denunciando desde hace mucho tiempo: “la burocracia no puede vivir instalada en el siglo pasado, en el no por sistema y en el vete al juzgado si quieres algo”.

“Mientras tanto, retrasos kilométricos en la ejecución de sentencias, compañeros que no cobran lo que es suyo y negativas a cualquier petición que se haga, bien sea por un compañero o por los sindicatos”, remarcan desde esta organización sindical.

El auto del TSJ de Canarias, además, lanza un aviso al jefe de la División de Personal, si no ejecuta el pago a este agente en diez días, y se lo va a notificar personalmente en Madrid a este mando policial, dará cuenta de los hechos a la Fiscalía para que se determine su responsabilidad penal por un delito de desobediencia grave.

“Si este es el camino para que Personal haga sus deberes, para que se respete a los compañeros y sus derechos, bienvenido sea”, señalan desde el sindicato CEP, poniendo así en valor el trabajo de su gabinete jurídico.

“El auto del Tribunal Superior de Justicia de Canarias resume muy bien el cansancio y hartazgo de tantos compañeros, que ven cómo la Justicia les da la razón en sus reclamaciones que tramitamos desde CEP en toda España y que, pese a ello, la División de Personal, por problemas burocráticos, retrasa el pago de las indemnizaciones durante meses y meses o, como en este caso, ejecutan solo una parte y dejan sin pagar el resto” remarca Víctor Vigil, Secretario General de esta organización sindical.

Señalando, “los jueces también han dicho que hasta aquí hemos llegado y lanzan un mensaje muy claro, que nosotros apoyamos, y que tiene como destinatario al máximo responsable de la gestión del Personal en la Policía Nacional; haga lo que tenga que hacer para llevar a efecto las sentencias judiciales, porque se trata de un principio básico en un Estado de Derecho”.

“Por otra parte, este auto -que estamos convencidos no será el último– pone el foco sobre el retraso monumental que hay en la División de Personal en lo relativo al cumplimiento de sentencias firmes. El no por sistema ante cualquier legítima petición de los compañeros acaba atascando los juzgados, atascando la División y poniendo en riesgo incluso penal, como es el caso, a un miembro de la Junta de Gobierno”, apunta Víctor Vigil, a la vez que indica que “hace meses nos dijeron que habían puesto en marcha un plan de choque para solucionar esta problemática -plan del que no dieron un solo detalle, como tampoco lo hacen con las cifras de contenciosos pendientes de ejecución- y esto demuestra que o bien era mentira o bien esa medida es claramente insuficiente”.

Un comentario sobre “Multa de1.000 euros cada 15 días al Jefe de la División de Personal de la Policía Nacional por no ejecutar el pago de un agente

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

error: Contenido protegido por derechos de autor c) 2021 h50. Está expresamente prohibida la redistribución y la redifusión de este contenido sin su previo y expreso consentimiento.