Los crímenes del terrorismo etarra serán considerados genocidios, no prescribirán y serán juzgados como asesinatos de lesa humanidad

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Así son las cosas, el juez de la Audiencia Nacional, Manuel García Castellón, ha reabierto por un delito de genocidio en grado de tentativa la causa sobre el atentado de ETA que acabó con la vida en el año 2000 de dos jóvenes guardia civiles al estallar la bomba colocada bajo su vehículo oficial en Sallent de Gállego (Huesca).  Francisco Javier García Gaztelu, “Txapote”, fue quien facilitó información para el genocidio de  Irene Fernández y José Ángel de Jesús Encinas ejecutados a las 6.00 horas del 20 de agosto, por el comando “Totto”; Aitor Aguirrebarrena y Asier Arzalluz,

Se trata, según informa RTVE, de una querella de la Asociación Española contra la Impunidad y para el avance de los Derechos Humanos (AECI) presidida por el abogado Miguel Ángel Rodríguez Arias que enmarca este crimen en “una política de genocidio en grado de tentativa”, una vía que permitiría declarar imprescriptibles 327 de los 379 crímenes de ETA sin resolver.

Es decir los crímenes de ETA pasaran a ser considerados, crímenes de lesa humanidad, verdaderos genocidios y no prescribirán nunca.

Una resolución aprobada por el Consejo de Seguridad de la ONU en 1992 impulsa esta nueva vía en la Audiencia Nacional para procesar por genocidio a los exjefes de ETA. Según recoge THEOBJETIVE, ese texto, suscrito por las potencias mundiales, describe los tres elementos comunes y objetivos que se dan en todos los casos de genocidio reconocidos internacionalmente.

Según la Asociación Española contra la Impunidad y para el Avance de los Derechos Humanos, coinciden con los empleados por la banda terrorista ETA para llevar a cabo durante décadas una «política tentativa de genocidio» en España.

  • El primer elemento descrito por el Consejo de Seguridad de la ONU es una política de «persecución y crímenes» contra «el conjunto del liderazgo» del grupo atacado. Un punto que, según la tesis de Rodríguez Arias, ETA llevó a cabo con el asesinato o intento de asesinato de líderes políticos, concejales, intelectuales y académicos no separatistas en el País Vasco.
  • El segundo elemento de genocidio descrito por la ONU es «el paralelo ataque y eliminación mediante masacres y asesinatos selectivos de los miembros del ‘law enforcement’ (fuerzas de seguridad del estado y jueces), singularmente y como primer objetivo la Guardia Civil, como forma de debilitar la protección del grupo perseguido».
  • El tercer elemento común en los casos de genocidio señalado por el organismo de la ONU y que, según la querella también se cumple en el caso de ETA, es «la expulsión o huida en términos poblacionalmente apreciables y significativos» del grupo atacado (la población vasca no separatista) «conforme tal situación de debilitamiento del grupo y de su protección, de cercenamiento de su liderazgo, se va produciendo».

GENOCIDIO

Lo definitorio para ser asesinados  219 seres humanos enumerados en la querella de la asociación presidida por Miguel Ángel Rodríguez Arias, no era su identidad personal concreta, lo definitorio era el pertenecer al grupo humano perseguido de la ‘Guardia Civil’, al que había que aislar, acosar, exterminar, expulsar del territorio (‘Halde Emendik’, ‘fuera de aquí’)», indica la Asociación contra la Impunidad y para el Avance de los Derechos Humanos.

«Un odio cerval, persecutorio, ello hasta los concretos medios y capacidades criminales donde ETA fue capaz de llevarlo aquí. Se asesinará así de una a media docena de niños hijos de guardias civiles, y esto se celebra, la Zuba del momento felicita a los autores, como sucedió en la casa cuartel de Zaragoza», añade.

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