¿La tarjeta de identificación profesional conocida como TIP es suficiente para identificar a un vigilante de seguridad en un atestado policial?

Comparte ese artículo

ANVISEPRI denuncia que día 28 de Junio  la Fiscal Delegada de la Fiscalía de Menores de Sevilla, envía un Oficio al Jefe Provincial de la Policía Nacional de esa localidad en el que relata, el retraso que sufren determinadas Instrucciones por parte de esos Fiscales, al no identificar a los vigilantes con sus nombres y apellidos amparando su argumentación en la Ley de Enjuiciamiento Criminal en su articulo 436.

“El testigo manifestará primeramente su nombre, apellidos paterno y materno, edad, estado y profesión, si conoce o no al procesado y a las demás partes, y si tiene con ellos parentesco, amistad o relaciones de cualquier otra clase, si ha estado procesado y la pena que se le impuso. Si el testigo fuera miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en el ejercicio de sus funciones, será suficiente para su identificación el número de su registro personal y la unidad administrativa a la que está adscrito.”

Esta pretensión de la Sra Delegada Fiscal, choca, a juicio de la Asociación Nacional de Seguridad Privada ANVISEPRI, con sentencias emitidas incluso por la propia Audiencia Nacional (20/11/2013) en la que aclara la no conveniencia de exhibir el D.N. I. del vigilante en la placa, tál y como se pedía en ese oficio, remarcando, “se ha de proteger la identidad y los datos personales de los vigilantes de seguridad intervinientes en juicios, evitando la publicidad de estos datos. Deben adoptarse al respecto las pertinentes cautelas y medidas de seguridad”.

Esgrimen también que si se amparan en la propia Ley de Enjuiciamiento Criminal, deberán tener en cuenta la jurisprudencia existente en cuanto a sentencias en las que el vigilante de seguridad ha sido considerado “agente de autoridad”.

Por todo ello, esta asociación solicita un trato deferente y preferente a la hora de la asistencia a un juicio en la que el denunciado está en la misma sala que el propio vigilante y que no tiene porqué conocer la filiación de quien en el desarrollo de su trabajo, ha impedido que se cometiera un delito.

Estiman que debiera haber una mampara y al ser llamado el vigilante para su declaración, lo sea por la Tarjeta de Identificación Profesional (TIP), que precisamente ha sido expedida por el Ministerio del Interior y no por “Plásticos Rosita”, remarcan.

Denuncian que con esa solicitud de la Fiscalía de Menores sevillana se pretende poner una diana más sobre la figura del vigilante de seguridad, y solicitan que si hay que cambiar la ley, que se cambie.

 

6 comentarios en “¿La tarjeta de identificación profesional conocida como TIP es suficiente para identificar a un vigilante de seguridad en un atestado policial?

  1. Estoy de acuerdo,con la asociación marea negra.
    Y al igual considero que la identificación del vigilante de seguridad,en el ejercicio de sus funciones sea solo con el t.i.p .

  2. Muy difícil lo veo ,aquí en Málaga capital pasa igual y ya me comunicaron que para eso tenía que cambiar las leyes .Tarjeta T.I.P que hoy en día no tenemos preferencia ni nada por el estilo ,hasta en comisaría a la hora de interponer una denuncia tienes que realizar cola igual que cualquier ciudadano de a pie .Exigen mucho al vigilante pero no le da protección ninguna.Saludos

  3. Debería ser labor también de los sindicatos y patronal, exigir un trato justo y profesional para la seguridad privada. Lamentablemente no ocurre así, pero hay que perseverar. Ya sabemos que agente de la autoridad solo puede ser un funcionario público, pero no es menos cierto que se debería dar mayor apoyo jurídico al personal de seguridad privada, con otro tipo de figura que sea de mayor utilidad y respaldo….y diría de mayor respeto.

  4. Debería de cambiarse la ley de una vez por todas y otorgar al vigilante la misma protección jurídica y de protección de datos que a FF. CC. S dado que cuando están trabajando o incluso si intervienen en vía pública como un ciudadano más para evitar una agresión, robo etc. Digamos un delito, debería poder identificarse como V.S a la llegada de los compañeros de FF. CC. S y así en caso de tener que ir a juicio por dicha intervención sea considerado agente de la autoridad y tener protegidos sus datos personales para así evitar esas represalias.

    Al igual que los vigilantes que trabajan en aeropuertos ya les han quitado el DNI de las tarjetas de AENA pero siguen teniendo los nombres y apellidos, esto también debería quitarse y que solamente salga su TIP y nada más, así se protegen los datos ya que con nombre y apellidos es fácil sacar el DNI de esa persona e incluso hasta donde vive.

    También si nos vamos al Mercadona vemos a los vigilantes con una plaquita del supermercado donde se expone si nombre. “José, Javier etc.” Eso es una petición del cliente por lo que tengo entendido y lo gracioso es que la empresa, “Prosegur” asiente y permite que esto se haga para no perder el servicio. Señores….. a donde vamos a llegar? Luchen por sus derechos y dejen de permitir que les pisen.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

error: Contenido protegido por derechos de autor c) 2021 h50. Está expresamente prohibida la redistribución y la redifusión de este contenido sin su previo y expreso consentimiento.