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Incumplimiento sistemático de las clases en castellano en Cataluña

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El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana -TSJCV-  ha ordenado cautelarmente que un colegio imparta a una alumna un mínimo del 25% de clases en castellano como lengua vehicular

La Sala adopta esta decisión mientras se tramita el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el recurrente el pasado 19 de febrero

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCV ha estimado la medida cautelar instada por el padre de una alumna que cursa secundaria en un centro educativo de la localidad de El Puig y ordena a la Administración que adopte las medidas necesarias para que dicha alumna, junto a sus compañeros, reciba una enseñanza bilingüe en la que el castellano sea utilizado como lengua vehicular en al menos el 25% del horario lectivo.

La Sala adopta esta decisión mientras se tramita el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el recurrente el pasado 19 de febrero, en aplicación del principio fumus boni iuris o apariencia del buen derecho.

El auto, fechado el pasado viernes, no es firme y puede ser recurrido en súplica en el plazo de cinco días.

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