En Francia se negocia un estatuto especial de protección judicial y de difusión de imágenes para los policías

Comparte ese artículo

Las ultimas actuaciones de la policía francesa han generado por una parte problemas sociales y por otra un apoyo nunca visto de la mayor parte de la sociedad a su policía.

El ministro del Interior francés, Gérald Darmanin, se reunió con los sindicatos policiales y entre otras propuestas de negociación se comprometió a  “estudiar la ley para reconsiderar la detención provisional de un policía en acto de servicio”.

Creación de “tribunales y magistrados especializados” para los casos que impliquen a policías. Conocedores de sus protocolos y de la peligrosidad que entraña la actividad laboral y los recursos de los que disponen.

Los sindicatos solicitan un “estatuto específico para los policías implicados o investigados, con el fin de evitar su detención preventiva” para cualquier policía que cometa un acción típica penalmente en acto de servicio, y eventualmente “tribunales y magistrados especializados” para los casos que impliquen a policías.

banner-h50-teléfono-whatsapp
Pincha en esta fotografía, sigue las instrucciones y únete a h50, el Digital número uno en sucesos, actualidad policial, seguridad y emergencias

Frédéric Veaux, Director General de la Policía Nacional francesa, el domingo 23 de julio, cuando afirmó que un agente de policía “no pertenece en prisión preventiva antes de su juicio […] ni siquiera en caso de error o falta grave”. El ministro del Interior galo respaldó estos comentarios, declarando al canal BFMTV que Veaux “hablaba como lo haría un jefe a sus policías” y que estaba “muy orgulloso de que fuera [su] colega”.

Del mismo modo se debatirá el tema de la especial protección hacía los policías en casos de difusión de imágenes y datos personales de forma pública.

En España existe un desconocimiento público y notorio de la legalidad sobre la materia. Sectores radicales y fanatizados, sobre todo del mundo “periodístico tuitero” discuten sobre la procedencia del art 36.23 de la LOPSC, cuando es inoperante y hasta perjudicial para el policía que decide usar esta vía. Las FFCCS españolas tienen la misma protección en la difusión de sus imágenes personales que un particular, como no puede ser de otra forma, la Ley de Protección de Datos. El debate en nuestro país debería centrarse en ampliar esa protección.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

error: Contenido protegido por derechos de autor c) 2021 h50. Está expresamente prohibida la redistribución y la redifusión de este contenido sin su previo y expreso consentimiento.