El Partido Popular solicita en el Congreso que se permitan las lentes intraoculares para poder acceder a la Policía y Guardia Civil

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El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, de la mano de su portavoz Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo,  y las diputadas Elena Castillo Lopez y Ana Belén Vázquez Blanco, ha presentado en el día de hoy una Proposición no de Ley relativa a la modificación del Real Decreto 326/2021 que impide a los opositores con cuerpos extraños intraoculares o lentes fáquicas poder acceder a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para su debate en la Comisión de Interior.

En su exposición de motivos, el GPP significa que Ael artículo 25 de la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional, establece que el ingreso en la Policía Nacional se llevará a cabo conforme a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, mediante la superación sucesiva por las personas aspirantes de las distintas fases que integren el proceso de selección. Igualmente, el artículo 26.1d), prevé que, para poder participar en los procesos selectivos, las personas aspirantes deberán reunir determinados requisitos, entre los cuales se encuentran no hallarse incluido en ninguna de las causas de exclusión física o psíquica que impidan o menoscaben la capacidad funcional u operativa necesaria para el desempeño de las tareas propias de la Policía Nacional.

El Real Decreto 326/2021, de 11 de mayo, por el que se aprueba el cuadro médico de exclusiones para el ingreso en la Policía Nacional tiene por objeto aprobar laspatologías que restringen el acceso a la Escala Ejecutiva, categoría de Inspector, y en la Escala Básica, categoría de Policía, así como al alumnado de los centros docentes de la Policía Nacional.

En el anexo I “Aparato de la visión” del Cuadro médico de exclusiones, se incluye la exclusión para todos los que padezcan problemas visuales, como por ejemplo la miopía, en un alto grado, o que tengan una córnea muy delgada, de forma que contengan contraindicada la cirugía láser.

La operación necesaria para corregir dichos problemas visuales consiste en implantar lentes intraoculares, lentes fáquicas, que ahora son causa de exclusión médica para acceder al Cuerpo Nacional de Policía (CNP).

De igual forma, la Orden PCI/155/2019, de 19 de febrero, por la que se aprueban las normas por las que han de regirse los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil, contempla en el ANEXO I el “Cuadro médico de exclusiones para ingreso en los centros docentes de formación” y, más concretamente, en el apartado J) se incluyen las “Enfermedades del Aparato de la Visión” que son excluyentes.

Miles de opositores a Guardia Civil y Policía Nacional que se sometieron a una intervención quirúrgica para corregir sus defectos de visión y conseguir acceder al trabajo de sus sueños, vieron frustrada su vocación tras la actualización de los cuadros médicos. La misma supuso su exclusión de los procesos selectivos.

El Auto de 28 de septiembre de 2021, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, suspendió cautelarmente los puntos 2 (“Cuerpos extraños intraoculares”) y 10 (“No se admitirán lentes fáquicas”) del Apartado I (“Aparato de la visión”) del Anexo del Real Decreto 326/2021.

Entienden que se pueden estar vulnerando los derechos de los opositores afectados por estas exclusiones, en sus respectivos procesos selectivos, al tratarse de personas sanas, con capacidad e ilusión. En todo caso debe primar en el acceso a empleo público los principios de igualdad, mérito y capacidad, impidiéndose la aplicación de una exclusión arbitraria y discriminatoria.

Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta una Proposición no de Ley en la que insta al Gobierno a eliminar de los cuadros médicos de exclusiones previstos en la legislación vigente para el ingreso en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, lo relativo a cuerpos extraños intraoculares o lentes fáquicas, al objeto de no vulnerar los derechos y libertades de los opositores”

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