Dudas sobre la legalidad del estado de alarma y “toque de queda”

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El BOE de ayer, ya ha publicado el RD que regula el estado de alarma que ¿anula o limita?, el derecho fundamental recogido en el art 19 de la CE; la libre circulación.

No han tardado en pronunciarse fuentes solventes como Ramon Rodríguez Arribas, Exvicepresidente del Tribunal Constitucional y fundador y socio director de Rodríguez Arribas Abogados.  Según publica el CONFILEGAL: “Puede hacerse una regulación, pero no una supresión del derecho, porque su suspensión solo es posible a partir del estado de excepción previsto para situaciones extremas de alteraciones del orden público y no para crisis sanitarias, como lo es la pandemia del coronavirus.”

Del mismo modo, una cuenta de Twitter de análisis jurídico @LaLupaJudical, también cuestiona la anulación de un derecho fundamental a través del estado de alarma.

Opinión h50:

Nos hallamos, una vez más, en el límite de la legalidad y cuando están en juego derechos fundamentales, no es algo deseable.

El art 11 de Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio establece para el estado de alarma que podrá acordar, entre otras, siguiente medida:

a) Limitar la circulación o permanencia de personas o vehículos en horas y lugares determinados, o condicionarlas al cumplimiento de ciertos requisitos.

¿Se está limitando o anulando la libertad de circulación?, que nos dejen salir al médico o a trabajar durante el “toque de queda” (de 23 a 6 horas) anula nuestra libertad, eso es evidente, tanto como que los presos tambien salen al patio e históricamente con un “salvoconducto” se circulaba en el “toque de queda”.

El estado de excepción ofrece menos dudas en relación a su aplicación, anula derechos fundamentales.

Pero claro, políticamente el estado de excepción tiene un coste mayor y no es deseable.

Juegan con nuestros derechos y no solucionan el problema.

Un año es demasiado tiempo y sacrificio para ceder nuestros derechos a los servidores públicos. ¿Dónde están los resultados?.

Debemos exigir eficacia en los resultados, ante la privación de derechos que estamos sufriendo… no somos ovejas, ¿o si?.

Un comentario sobre “Dudas sobre la legalidad del estado de alarma y “toque de queda”

  1. y como frenas el movimiento de una estampida juvenil sin ningun tipo de altruismo?? En un estado tan delicado de salud publica.

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