Ciberterrorismo: tecnología y extremismo en línea

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En los últimos años, las acciones de propaganda y apoyo a sucesos terroristas se han visto favorecidas por el Internet y las redes sociales, tecnologías de información y comunicación (TIC) que pueden llegar a estimular la reacción instantánea de los internautas a mensajes y afirmaciones como si de un acto público se tratase. Y aunque esta forma de ciberdelincuencia ideológica en su manifestación más pura persigue el daño y el sabotaje a infraestructuras esenciales a través de medios informáticos, también permite la ejecución de actos análogos del terrorismo tradicional como son el financiamiento, el reclutamiento, la intercomunicación, la formación y la difusión; siendo este último el tema que abordaremos a continuación y fundamentalmente por su repercusión social y por ser la comunidad su principal objetivo.

Terror en la nube

La presencia del ciberterrorismo representa una seria amenaza a la seguridad y la vida de los ciudadanos a nivel mundial y lo encontramos con diversas manifestaciones como en foros o determinadas páginas web que propagan en algunos casos el terror y en otros el discurso de odio para captar nuevos partidarios o también para obtener financiamiento a sus ideologías extremistas por lo que recurren hoy en día al uso de las conocidas criptomonedas. Por otra parte, muchos hemos sido testigos de videos difundidos por el Estado Islámico en las que se decapitan a personas como periodistas estadounidenses o de contenidos como proclamas o discursos que muestran operaciones terroristas; incluso, hoy se sabe que los videojuegos de contenido bélico y las redes de punto a punto (P2P) son aprovechados por estas organizaciones para captar, adoctrinar o radicalizar a personas jóvenes por la facilidad de interacción que se permite entre los jugadores, tal como lo menciona el informe TE-SAT 2023 publicado por la EUROPOL. 

Amigos radicales

La difusión de contenido terrorista a través de las redes sociales no debe ser tomado con ligereza; un ejemplo de ello es el estudio realizado por el Proyecto Contra el Extremismo (CEP) que obtuvo entre sus hallazgos acerca del comportamiento de más de 1000 seguidores yihadistas en 96 países, que la sección de ‘amigos sugeridos’ de la plataforma de Facebook les ha permitido captar seguidores en varias partes del mundo, aprovechando que el algoritmo que posee esta red social permite la conectividad con personas que tienen intereses común utilizando para esto la información personal de sus usuarios, un tema bastante controversial similar a lo sucedido en el sonado caso de Cambridge Analytica. Por esta razón, la compañía ha venido siendo cuestionada por sus limitaciones para controlar y monitorear el contenido violento que se comparte a través de sus plataformas.

Exaltación o expresión

Asimismo, un aspecto que causa polémica, pero no por ello deja de estar vinculado a la difusión del terrorismo en Internet, es la exaltación al amparo del artículo 578.2 del código penal español, un tema que en diversos casos ha sido polémico por su aparente conflicto con la libertad de expresión y sus límites. Por ejemplo, en el 2021, el caso del rapero Pablo Hasél, quien se declaró abiertamente comunista durante la audiencia que se le realizó en los tribunales, fue condenado a 2 años de prisión por el delito de enaltecimiento de terrorismo. Entre las evidencias que resolvieron la sentencia se encontraban mensajes realizados por el cantante en Twitter y letras de canciones difundidas en YouTube que alababan a la organización ETA. De acuerdo a los datos proporcionados por la propia sentencia, en el momento de difundirse aquellos mensajes, Pablo Hasél tenía más de 54.000 seguidores en su cuenta de Twitter. La fiscalía argumentaba su petición de internamiento señalando que “se han podido encontrar 1.915 tuits en su cuenta en los que aparecen los términos grapo, monarquía, ETA, rey, terrorismo, Bilbo, Bomba, Borbón, Policía y Guardia Civil”. Los jueces a cargo del caso consideraron que no era admisible un escenario ligado a la libertad de expresión en dónde se incita a la violencia o se realiza un discurso de odio, como es la alabanza o justificación de acciones terroristas y el deseo de nuevas acciones por parte de estos grupos.

Apología y sentencias en Perú

En otros países que han sido duramente golpeados por el fenómeno del terrorismo se encuentra el Perú. Cómo se conoce, desde 1980, Perú ha lidiado con una de las amenazas terroristas más violentas de toda América del Sur: el grupo insurgente maoísta Sendero Luminoso, que se estima fue responsable demás de la mitad de las 70.000 muertes que resultaron del conflicto que duró hasta el año 2000. Desde aquel entonces, el Perú cuenta con varias normas antiterroristas con penas severas, entre las que se encuentra el artículo 316-A del código penal peruano que castiga la apología del terrorismo y que sanciona conductas como la exaltación, justificación o enaltecimiento de este delito o de cualquiera de sus tipos, además de la persona que haya sido condenada por sentencia firme como autor o partícipe; teniendo como agravante la propagación de mensajes apologéticos mediante el uso de las TIC (redes sociales) y cuya penalidad pueden ir hasta los quince años de prisión. En ese contexto, en lo que va del año 2023 ya se cuenta con las primeras sentencias, entre las que destacan la pena de ocho años de prisión impuesta a Julián Cuba Jurado y Richard Alex Cornejo por enaltecer a través de sus redes sociales al condenado por terrorismo Abimael Guzmán. Asimismo, se tuvo el caso del Rodrigo Benjamín Benites Silva, quien compartió desde la cuenta de Facebook denominada “Bandera Roja”, un video con una duración de 12 minutos, acompañado de un texto, que contiene once postulados sobre los planes e ideales de la agrupación extremista.         

Cabe destacar que tanto España como el Perú han sido países sacudidos por el fenómeno criminal de extremismo violento y que la normativa contra el discurso apologético no ha sido hecha para prohibir la expresión subjetiva o de carácter histórico; por el contrario, ha sido promulgada para perseguir la exaltación de los procedimientos radicales del terrorismo y la de sus autores con una postura constitucional que busca resguardar la integridad de la sociedad y el derecho de quienes, además, han sido afectados como son las víctimas y sus familias.

Iniciativa global

En el 2019, luego de los ataques terroristas producidos en dos mezquitas de Christchurch en Nueva Zelanda, un execrable acontecimiento donde perdieron la vida 50 personas y que fue trasmitido en vivo por el autor durante 17 minutos, siendo visto más de 4000 veces antes de ser eliminado, la primera ministra de ese país, Jacinda Ardern, y el presidente francés, Emmanuel Macron, reunieron a los jefes de Estado y líderes del sector tecnológico para adoptar el Llamamiento de Christchurch, un compromiso global de los gobiernos y los proveedores de servicios de telecomunicaciones para eliminar el contenido terrorista y extremista violento en Internet. Desde esa fecha vienen trabajando de forma conjunta con organizaciones de la sociedad civil y otros socios.  

No cabe duda que la ciberdelincuencia ideológica o ciberterrorismo se propaga con rapidez y exige una respuesta firme de los países. Se deben postular medidas para evitar la propaganda extremista, así como el reclutamiento que generalmente está dirigido a grupos marginados de la sociedad apelando a una retórica de justicia, exclusión, género o situación económica. Una forma de prevenirla es con programas de desradicalización en los jóvenes, concienciando a toda la sociedad, en especial a aquellos que han presenciado las consecuencias de esta forma de criminalidad, como son familiares, profesores o personal de salud. Recordemos que no todo el mundo es terrorista, pero cualquiera podría serlo.

Autor: Sergio Daniel Huamán | Experto en prevención del cibercrimen, Máster en Ciberdelincuencia

Colaborador oficial de h50.es 

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