¿600.000 euros por deslumbrar con un puntero láser a una aeronave en pleno vuelo?

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Es la multa máxima a la que puede enfrentarse un ciudadano de Miranda del Ebro por deslumbrar con un puntero láser de gran potencia a varias aeronaves durante las maniobras de aproximación al aeropuerto de Foronda (Vitoria), pudiendo provocar un accidente aéreo de fatales consecuencias.

Policía Nacional

De hecho, la torre de control tuvo que activar el protocolo de seguridad después de que varios aviones alertaran de los deslumbramientos que se estaban produciendo desde un mismo punto de la ciudad burgalés, a unos 40 kilómetros del aeropuerto vitoriano.

Ante la gravedad de los hechos, la Policía Nacional activó un amplio dispositivo de seguridad para localizar e identificar al presunto autor de los deslumbramientos, en aras de la seguridad de la navegación aérea, dispositivo que pronto arrojaría resultados positivos.

Multa de hasta 600.000 euros

El identificado, a quien se le incautó un puntero láser de gran potencia, fue propuesto para sanción por parte de los agentes actuantes de la Comisaría Local de Miranda del Ebro como presunto autor de una infracción muy grave de la Ley de Seguridad Ciudadana 4/2015, descrita en su artículo 35.4: “La proyección de haces de luz mediante cualquier tipo de dispositivo sobre los pilotos o conductores de medios de transporte que puedan deslumbrarles o distraer su atención y provocar accidentes”.

Los hechos contempla multas que oscilan desde los 30.001€, en su grado mínimo, hasta 600.000€ en su grado máximo, cuando los hechos revistan especial gravedad y así se justifique teniendo en cuenta la entidad del riesgo producido, la cuantía del perjuicio o la alteración ocasionada en cuanto al abastecimiento de los servicios públicos.

En este último caso, será el titular del Ministerio del Interior, el único órgano con capacidad sancionadora. En el resto de los casos (grados mínimo y medio), la multa podría ser impuesta por la Secretaría del Estado o por la Delegación del Gobierno de Castilla y León.  

Sin duda, multas muy severas para un comportamiento que supone un grave riesgo para la seguridad aeronáutica cuyas consecuencias podrían ser fatales.

El artículo 35.4 LOPSC es muy abierto y también protege al conductor de otros medios de transporte como vehículos, trenes, autobuses… que fueran deslumbrados dolosamente mediante con cualquier medio luminoso (linternas, láser, focos…) pudiendo suponer un  potencial riesgo para la seguridad vial, siempre que no constituya delito.

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