
La Audiencia Nacional anula las resoluciones discriminatorias que dejaron fuera a miles de militares y da la razón a la Unión de Militares de Tropa (UMT)
La sentencia SAN 3890/2025 (ECLI:ES:AN:2025:3890) confirma lo que la UMT lleva doce años denunciando: el Ministerio de Defensa mantuvo límites de edad ilegales para Tropa y Marinería pese a saber que vulneraban derechos fundamentales.
Contra toda previsión, contra toda resignación y frente a una de las maquinarias del Estado más poderosas, la Unión de Militares de Tropa (UMT) ha vencido al Ministerio de Defensa.
La Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Quinta, ha dictado la Sentencia SAN 3890/2025, que anula las Resoluciones 452/06972/22 por la que se convocan los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación mediante la forma de ingreso por promoción interna, con y sin exigencia de titulación de Técnico Superior, para la incorporación como militar de carrera a las Escalas de Suboficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina y la Resolución 452/06971/22, de 27 de abril, de la Subsecretaría, por la que se convocan los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante la forma de ingreso por promoción interna, con y sin exigencia de titulación universitaria previa, para la incorporación como militar de carrera a las escalas de oficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina, ambas dictadas por la Subsecretaría de Defensa en abril de 2022.
El tribunal declara que estos actos son “nulos, viciados de discriminación intolerable y violadores de derechos fundamentales”. Y lo hace con una afirmación demoledora: el Ministerio sabía que sus resoluciones eran ilegales cuando las firmó.
El fraude administrativo: defensa sabía que incumplía la sentencia del supremo
3 de marzo de 2022: El Tribunal Supremo (STS 269/2022) anula los límites de edad para que los suboficiales accedan a la escala de oficiales, señalando que “no constan acreditados con datos objetivos ni científicos” y que no existe justificación razonable.
27 de abril de 2022: Apenas 24 días después, el Ministerio dicta dos resoluciones (452/06972/22 y 452/06971/22).
— Para suboficiales: elimina los límites (cumpliendo formalmente la sentencia). — Para tropa y marinería: los mantiene (34-38 años).
El resultado: una discriminación deliberada. El Ministerio “cumple” con unos y castiga a los demás.
Miles de militares quedaron excluidos injustamente de procesos de promoción interna que podían cambiar sus vidas profesionales. Muchos de ellos estaban en su última oportunidad antes de cumplir 45 años.
LA SENTENCIA SAN 3890/2025: UNA DEMOLICIÓN JURÍDICA
La Audiencia Nacional declara que:
- Las resoluciones 452/06971/22 y 452/06972/22 de abril de 2022 son nulas de pleno derecho.
- El Ministerio violó los artículos 14 y 23 de la Constitución Española, al discriminar a la Tropa y Marinería.
- Defensa actuó con conocimiento de causa, ignorando una sentencia firme del TS.
- La propia exposición de motivos del Real Decreto 113/2023, que meses después eliminó totalmente los límites, reconoce que ampliar la promoción interna “aumenta significativamente las oportunidades de carrera profesional”.
UMT lo resume en una frase: “Si no eran justificables en abril de 2022, tampoco lo eran entonces. El Ministerio lo sabía. Nosotros también. Y ahora lo dice la Justicia.”
DAVID contra GOLIAT: UMT vence al Ministerio de DEFENSA
Durante más de una década, la UMT denunció ante el COPERFAS, el Congreso y los tribunales que los límites de edad eran una trampa estructural contra la base de las Fuerzas Armadas. Sin apenas medios, sin apoyo político, la asociación llevó el caso sola ante la Audiencia Nacional.
Hoy, la historia da la vuelta: la UMT tenía razón. Esta victoria de mano de uno de nuestros Gabinetes Jurídicos, el Bufete de Abogados Cumplido&Moreno rompe el muro jurídico que el Ministerio había levantado para frenar la igualdad profesional entre escalas.
“Nos dijeron que era imposible, que no teníamos opciones. Hoy demostramos que cuando se tiene razón y convicción, David puede vencer a Goliat.” Francisco José Durán Baños, presidente de la UMT.
“Esta sentencia marca un antes y un después. Por primera vez, se reconoce judicialmente que el Ministerio actuó sabiendo que sus actos eran injustos y carecían por completo de base legal. Esto trasciende el error administrativo: es vulneración consciente de los artículos 14 y 23 de la Constitución Española”, afirma Luis Miguel Feito Iglesias, representante UMT en COPERFAS y jurídico de la asociación.
La pregunta que UMT plantea ahora al Ministerio: ¿Qué harán con los militares que fueron excluidos de estas convocatorias ilegales? ¿Se les permite reconocer su derecho? ¿Se les abre una nueva ventana de oportunidad?, dado que esta sentencia que anula las resoluciones debe tener consecuencias reales para quienes fueron víctimas de su aplicación discriminatoria. Desde la Unión de Militares de Tropa ponemos a disposición de todos los socios nuestro Gabinete Jurídico para que todo aquel que se sienta damnificado pueda reclamar el agravio producido.
LA DEFENSA DE ESPAÑA NO ES TEMPORAL
La UMT acuñó este lema en 2020. Hoy tiene rango judicial, pues la Audiencia Nacional reconoce que la temporalidad y los límites de edad son discriminatorios. Este fallo abre la puerta a la siguiente gran batalla: el fin del cese obligatorio a los 45 años.
“Esta sentencia es solo el preludio, la Justicia nos ha dado la razón y ahora vamos a por el de los 45 años. Es el reconocimiento de que UMT ha tenido razón desde el primer día”, matiza Francisco José Durán. La defensa de España no es temporal y tampoco debe serlo la carrera de quienes la garantizan”






