Se cambian los criterios para la concesión de medallas y reconocimientos en las Policías del País Vasco

Comparte ese artículo

Hoy se ha aprobado un nuevo decreto del regimen para conceder medallas en la Policía Vasca que premia las actuaciones, tanto policiales como civiles, notables por su ejemplaridad, sacrificio, eficacia y dedicación en beneficio de la ciudadanía. Así, se unifica la normativa de condecoraciones y distinciones previstas para la Ertzaintza, las policías locales y personas o instituciones que hayan realizado actuaciones de relevante importancia en defensa de la seguridad pública o por su decisiva colaboración que redunde en beneficio o prestigio de la Ertzaintza o de las policías locales de Euskadi.

Esta nueva regulación deroga la normativa anterior prevista, por separado, para la Ertzaintza y las policías locales de Euskadi. Prevé los distintos tipos de reconocimientos catalogados en:

  • Medalla al mérito policial con distintivo rojo. Reconoce las actuaciones policiales de carácter extraordinario, en beneficio de una tercera persona, a riesgo de la propia vida de la o el agente, y que ponen de manifiesto cualidades excepcionales de entrega, valor, espíritu humanitario o solidaridad social. Es una medalla que conlleva, en supuestos tasados, una prestación económica periódica mensual.
  • Medalla al mérito policial con distintivo verde. Reconoce hechos relevantes o actuaciones policiales extraordinarias que sean de un mérito tan excepcional que requieran de su alto reconocimiento.
  • Medalla al mérito policial con distintivo blanco. Premia conductas ejemplares como la participación exitosa en servicios, operativos o actuaciones policiales que impliquen gran dificultad o importancia, la sobresaliente trayectoria profesional o la realización de trabajos o estudios profesionales o científicos que redunden en el prestigio del cuerpo o sean de utilidad para el servicio.
  • Aplauden actuaciones meritorias que se felicitan por escrito y se anotan en el expediente personal de las y los agentes. La suma de, al menos, tres felicitaciones pueden derivar, tras consideración del órgano competente, en el otorgamiento de una medalla al mérito policial con distintivo blanco.
  • Diploma al servicio policial con distintivo rojo. Reconoce la trayectoria profesional de quienes han cumplido 30 años de servicio efectivo.
  • Diploma al servicio policial con distintivo blanco. Reconoce la trayectoria profesional de quienes han cumplido 20 años de servicio efectivo.
  • Medida de reconocimiento a la labor policial en caso de fallecimiento, durante un acto de servicio o a consecuencia del daño producido por un acto ilícito cometido por una tercera persona durante el transcurso de su actividad laboral o por su condición de policía. Conlleva una prestación económica para las o los herederos.
  • Medida de reconocimiento a la labor policial en caso de jubilación forzosa por incapacidad, a consecuencia del daño producido por un acto ilícito cometido por una tercera persona durante el transcurso de su actividad laboral o por su condición de policía. Conlleva una prestación económica para el o la agente de la Ertzaintza o de las policías locales.
  • Medalla azul. Reconoce actos de relevancia en defensa de la seguridad pública llevados a cabo por una persona perteneciente a otro cuerpo de seguridad, por los servicios públicos de emergencias y protección civil, por un servicio de seguridad privada o por un ciudadano o ciudadana.
  • Placa honorífica. Reconoce actos de relevancia en defensa de la seguridad pública llevados a cabo por instituciones, asociaciones o cualquier servicio público o privado.

Todas las medallas al mérito policial contarán como mérito en las convocatorias de provisión de puestos de trabajo y de promoción interna de ambos cuerpos policiales.

El procedimiento de concesión de estas distinciones puede iniciarse de oficio, por el Departamento de Seguridad del Gobierno Vasco, en el caso de la Ertzaintza, o por los ayuntamientos vascos, en el caso de las policías locales. También podrá iniciarse por iniciativa propia del agente, orden superior o recomendación de las personas al mando, compañeros y compañeras o personas subordinadas de la posible persona beneficiaria. Tras una evaluación interna, el órgano competente resolverá lo que estime procedente en cada caso.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

error: Contenido protegido por derechos de autor c) 2021 h50. Está expresamente prohibida la redistribución y la redifusión de este contenido sin su previo y expreso consentimiento.