Prohibido superar los 90 km/h en carreteras secundarias

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Mañana 29 de enero entra  en vigor el Real Decreto 1514/2018 que modifica el Reglamento General de Circulación (RGC) en su artículo 48, donde se recogen las velocidades máximas genéricas en vías fuera de poblado. Nuestro colaborador, Néstor García Brito, experto en formación vial y director de autoescuela, nos da a conocer los nuevos cambios. 

La modificación más significativa que nos trae este nuevo RD consiste en la nueva limitación de 90km/h en carreteras convencionales para turismos y motocicletas , desapareciendo aquellas en las que se podía circular a 100km/h en función del número de carriles de la vía y/o las dimensiones de su arcén. 

Señal de prohibición de 90 km/h

Cierto es que se deja en el aire la posibilidad  que el titular de la vía pueda limitar a 100km/h el tramo si los sentidos de circulación están separados físicamente. En el caso de los adelantamientos se podrá seguir sobrepasando en 20 km/h la velocidad máxima genérica de la vía.

Esta nueva limitación a 90km/h  viene dada por diversos motivos, de los cuales se puede destacar la necesidad de equipararse al resto de países de la Unión Europea, donde la mayoría de ellos ya establecía este límite de velocidad en sus carreteras secundarias. Llama la atención el caso Suecia, mucho más restrictivo, imponiendo un límite máximo de 70 km/h.  

Otras de las motivaciones de la reducción de la velocidad radica en la enorme dificultad que entrañaba a los conductores diferenciar la velocidad máxima permitida cuando circulaban por estas carreteras, debiendo atender a circunstancias tales como el número de carriles o las dimensiones del arcén, que recordamos debía ser pavimentado y medir al menos 1,50 metros de ancho.

Apreciaciones nada plausibles, según los casos,  y que sólo llevaban a la confusión del conductor, en detrimento de la seguridad vial.  

Pero, sin lugar a dudas, el principal motivo de esta decisión se esconde la imperiosa necesidad de reducir la alta mortalidad en carreteras convencionales.  Atendiendo a las estadísticas anuales ofrecidas por la Dirección General de Tráfico (DGT), reflejan un dato demoledor: el 77% de los fallecidos y el 75% de los accidentes con víctimas, se sitúa en estas carreteras. 

Accidente de tráfico/Fuente Pixabay

La velocidad inadecuada es el factor más concurrente.  En torno al 20% de los accidentes mortales encierra este factor como principal desencadenante. La  DGT insiste que esta limitación de la velocidad máxima es vital para menguar el número de muertes en carretera.

Según señala un informe de la OCDE y el Forum Internacional del Transporte (ITF)  reducir la velocidad media en 5 km/h en las vías interurbanas, reduciría un 28% los accidentes con víctimas. 

Otras modificaciones

El nuevo real decreto ha traído otras modificaciones que conviene mencionar. Ahora, la velocidad máxima genérica en vías sin pavimentar queda establecida en 30Km/h, circunstancia no contemplada hasta ahora en el actual RGC. 

Por otro lado, se unifican las velocidades máximas en autopistas y autovías de remolques ligeros y no ligeros (anteriormente  limitados en 80 y 70 km/h respectivamente). 

La velocidad de los autobuses también se verá afectada, concretamente aquellos que circulen sin cinturones de seguridad instalados por construcción.  En ese caso se establece un límite de 80 km/h, al igual que para los autobuses que transportan pasajeros a pie. 

Curiosamente, las autocaravanas de hasta 3500 Kg de masa máxima autorizada y resto de  autobuses, por su parte, verán incrementada su velocidad máxima en 10km/h en las carreteras convencionales, pasando de 80 a 90 km/h, equiparándose por tanto a los turismos y motocicletas. 

Conductor/Fuente Pixabay

A tenor de lo indicado y,  en especial referencia a las altas tasas de mortalidad existentes en las carreteras españolas  a consecuencia de la velocidad, tendencia al alza en en los últimos años, los conductores debemos acoger de buen agrado las nuevas limitaciones de velocidad, que significará una mejora en la seguridad vial y que a buen seguro salvará muchas vidas humanas. 

Néstor García Brito, experto en formación vial. 

 

 

Un comentario sobre “Prohibido superar los 90 km/h en carreteras secundarias

  1. Bla, bla, bla. Lo mismo de siempre. Con velocidad 0,no hay accidentes, que si Europa manda…. Esto es un montaje recaudatorio, incluidas las autoescuelas, que viven de este rollito. Más educación vial, más calidad de enseñanza, con norma Iso.. Y las carreteras… que de los más de 300.000.000 de € de recaudación, poco se gasta en conservación. La DGT es un organismo recaudatorio, sin más influencia.

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