Formación h50| “Protocolo cero” nueva guía de actuación para casos de violencia de género

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El protocolo cero consiste en una nueva guía de actuación policial para que los agentes sepan cómo actuar ante casos de violencia de género en los que no existen denuncias. Su objetivo principal es proteger y evaluar el riesgo que corren las mujeres de sufrir una nueva agresión y proteger a sus hijos menores de edad.

La instrucción 5/2021 de la Secretaría de Estado de Seguridad, establece el protocolo de primer contacto policial con víctimas de violencia de género en situación de desprotección. Llamado Protocolo Cero.

El 13 de marzo de 2019 entró en vigor la Instrucción 4/2019 de la Secretaría de Estado de Seguridad (SES) por la que se estableció un nuevo Protocolo para la valoración policial del nivel de riesgo de Violencia de Género (Ley Orgánica 1/2004), la gestión de la seguridad de las víctimas y seguimiento de los casos a través del Sistema de seguimiento integral en los casos de violencia de género (Sistema VioGén). Este Protocolo sustituyó lo dispuesto en la Instrucción 7/2016.

La instrucción 4/2009 ya establecía los casos de violencia de género sin denuncia expresa de víctima o allegados y la actuación de oficio de FFFCCS. También la Instrucción 12/2018 sobre el reforzamiento de las actuaciones policiales en materia de valoración de riesgo hace especial incapíe en la necesidad de una adecuada formación policial de todas las unidades.

OBJETIVOS

  • Ahora de lo que se trata es de poner en marcha un Protocolo Cero para canalizar la información y minimizar el riesgo de las víctimas que manifiestan su deseo de no denunciar.
  • Se busca describir pautas operativas e impartir instrucciones para estos casos tanto en dependencias policiales como en el lugar de atención a las víctimas.

El protocolo tambien establece una serie de cuestiones previas y el momento del primer contacto con la víctima. Sin olvidar otras cuestiones documentales.

DECÁLOGO E INDICADORES.

El protocolo incluye un decálogo para guiar a los y las agentes acerca de la información que deben recabar y que pasa por obtenerla de la víctima y entorno, manifestaciones de personas presentes y testigos … sin olvidar a los menores que pueden estar afectados y en situación de vulnerabilidad hay que saber que el momento más peligroso es cuando el presunto autor descubre que la víctima puede intentar terminar la relación. Nunca se puede abandonar el lugar sin informar a la víctima de los teléfonos y recursos disponibles.

Se incluyen los siguientes indicadores a los que deben prestar especial atención:

  • Episodios de violencia física, incluso sin lesión, con especial atención a signos en la zona del cuello.
  • Uso de armas para agredir o amenazar a la víctima.
  • Indicios de reiteración en los episodios de violencia, a través de las manifestaciones realizadas por la víctima, el agresor u otras fuentes de información.
  • Sospechas de que los hechos actuales u otros previos pueden estar motivados total o parcialmente por los celos del agresor.
  • Existencia de algún tipo de conducta de control y/o acoso por parte del presunto agresor.
  • Faltas de respeto o conductas desafiantes hacia el personal policial por parte del presunto agresor.
  • Daños en el lugar de los hechos provocados por el presunto agresor.
  • Posibles trastornos mentales del agresor u otros indicios de conducta anterior como especial impulsividad o agresividad con alteraciones del comportamiento. Se recomienda prestar atención a tentativas de suicidio o adicciones a sustancias tóxicas. Este examen debe hacerse también con la víctima.
  • Expresión reciente de la víctima de su intención de ruptura hacia el agresor.
  • Percepción de la víctima sobre si el agresor es capaz de agredirla con mucha violencia o matarla.
  • Existencia de menores expuestos a cargo de la víctima y, en su caso, elementos que indiquen que han sufrido amenazas a la integridad física o violencia por parte del presunto agresor. En caso de que haya menores, su seguridad será prioritaria.

 

 

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