El protocolo específico para policías implicados en violencia de género limita sus accesos a bases de datos

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La reciente resolución de 15 de febrero de 2021 de la Dirección General de la Policía por la que se aprueba el protocolo de actuación ante supuestos de violencia de género en la Policía Nacional, regula las situaciones en las que pueden verse implicados los policías en este ámbito.

El objeto por tanto, es aprobar el protocolo de actuación ante supuestos de violencia de género en la Policía Nacional. Supuestos en los que el presunto autor, la víctima, o ambos, tengan la condición de personal funcionario en situación de servicio activo de la Policía Nacional, así como al alumnado de los centros docentes dependientes de la Dirección General de la Policía

Cuando el presunto agresor en Policía Nacional se ordenará la retirada de armas reglamentarias que tuviera asignadas, así como las particulares.

Será además bloqueado para acceder bases de datos y accesos a formalización de atestados para evitar entrar a conocer lo actuado, llegando a establecerse un sistema de alerta en el caso en que el presunto autor accediese a alguna de las bases de datos policiales de forma contraria a la deontología policial y consultase datos personales relativos a la víctima.

Si su puesto de trabajo es el Unidades de Atención a la Familia y Mujer o relacionado con víctimas de Trata de Seres Humanos, como medida cautelar será asignado a otra unidad o servicio

Para la víctima, caso de ser policía, también se restringirá el acceso al atestado confeccionado, del mismo modo indicado para el presunto agresor.

Si la víctima se encontrase destinada en alguna de las Unidades de Atención a la de Familia y Mujer se restringirá el acceso a su propio expediente en VioGén

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