El presunto homicida de su mujer con esclerosis múltiple basa su defensa en la eutanasia

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Un hombre de 68 años ha dejado morir a su mujer durante cinco días tras caerse ella al suelo del piso que compartían y no prestarle ayuda. Este individuo no socorrió a su esposa a pesar de que no se podía levantar por padecer esclerosis múltiple. Los hechos ocurrieron en un piso de Puente Vallecas en Madrid.

Fue detenido Policía Nacional por omisión del deber de socorro, y al día siguiente, el Juzgado decretó su entrada en prisión provisional por un delito de homicidio en grado de consumación.

Sin embargo su argumento de defensa es que no ayudó a la enferma a petición suya.

Quiere comparar su situación y hecho delictivo con el caso de Ángel Hernández y su esposa, María José Carrasco, a la que ayudó a morir por expresa petición y deseo de ella que sufría una enfermedad incurable con dolor y padecimiento.

En España existe la ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia desde junio de 2021, que establece, entre otros, los siguientes requisitos:

  1. El enfermo debe tener nacionalidad española o residencia legal en España
  2. Debe ser mayor de edad.
  3. Sufrir una enfermedad grave e incurable o padecer una enfermedad grave.
  4. El enfermo debe comunicar por escrito a su médico que quiere morir.
  5. Nadie puede tomar la decisión por él. Ni su pareja, ni sus hijos.
  6. Su médico recibirá la solicitud y se la enviará a otro equipo médico para que la evalúen.
  7. Dos semanas después, el enfermo, deberá reafirmar su voluntad de morir.
  8. En caso de reafirmar su voluntad de morir, irá a una comisión de control, nombrada por las comunidades autónomas. Si lo aceptan sería legal la eutanasia.

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