El Ministerio del Interior refuerza las medidas de prevención antiterrorista por las fiestas navideñas

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El Ministerio del Interior ha ordenado un refuerzo de las medidas de seguridad antiterrorista con motivo de las fiestas de Navidad. Este refuerzo se produce cada año por estas fechas, y entrará en vigor a las 0:00 horas del próximo martes 15 de diciembre, se extenderá hasta las 14:00 horas del 9 de enero y se aplica a todo el territorio nacional.

Una orden que viene recogida en un oficio emitido este viernes por el secretario de Estado de Seguridad, Rafael Pérez. El mismo texto señala que es necesario adoptar las medidas habituales de prevención frente al terrorismo que se articulan en esta época del año, todo ello pese a que la situación generada por la COVID-19 y de las medidas adoptadas para hacer frente a situación sanitaria hacen prever “una menor intensidad” de los desplazamientos y las aglomeraciones que se producen con motivo de las fiestas navideñas,

Se busca con esta medida robustecer los dispositivos de seguridad y las capacidades de inteligencia, de control y de seguimiento antiterrorista por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, así como por los Cuerpos de Policía Local y demás instituciones, organismos y operadores, públicos o privados, en materia de seguridad, en el marco de sus respectivas competencias y responsabilidades funcionales y territoriales.

El refuerzo comprende cuatro grandes objetivos con el fin de garantizar la seguridad y el normal funcionamiento de la actividad ciudadana:

  1. Reforzar los dispositivos operativos y las medidas preventivas, de vigilancia y respuesta antiterrorista, así como los controles aleatorios de vehículos y personas con una elevada presencia o tránsito de personas, incluidas plazas, calles, vías comerciales, mercadillos navideños, centros religiosos y edificios emblemáticos o en los que se prevean grandes concentraciones de personas.
  2. Intensificar las medidas previstas en el Plan sobre grandes centros e infraestructuras de transportes, como instalaciones y medios de transporte aéreo, terrestre y marítimo.
  3. Extremar las medidas y recomendaciones de seguridad y autoprotección de los efectivos policiales.
  4. Mantener las demás medidas previstas en el Plan para el vigente Nivel 4 de Activación.

El oficio ya ha sido trasladado para su cumplimiento a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado así como a los cuerpos autonómicos y locales a través de las delegaciones y subdelegaciones del Gobierno y de la Federación Española de Municipios y Provincias.

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