El futuro modelo policial español

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El Congreso de los Diputados constituyó en abril de 2018 la Comisión no permanente para el estudio del modelo policial del siglo XXI. Desde su puesta en marcha, y hasta su interrupción en 2019, han comparecido ponentes de diversos organismos, cuerpos de seguridad, sindicatos, asociaciones y expertos, dando su opinión acerca de cómo debe ser el futuro modelo policial español. En el momento actual, octubre de 2020, se desconoce si el Ejecutivo volverá a reeditar la Comisión para que prosigan las comparecencias pendientes, la mía una de ellas, entre otros analistas inscritos en su día por el parlamento para avanzar en el diseño del nuevo modelo policial de nuestro país.

Mi visión sobre el tema, y por tanto mi criterio al respecto, viene determinado fundamentalmente por haber ejercido como miembro de la policía durante 30 años y, desde hace una década, de profesor de Fenomenología Criminal en Institutos universitarios de la UNED, así como la autoría de libros sobre estas y otras materias profesionales.

INTRODUCCIÓN

La seguridad es un bien social. No hay libertad sin seguridad. La Constitución Española dispone en su artículo 149.1.29 que la seguridad pública es competencia exclusiva del Estado. Por su parte, la Ley Orgánica 2/86 de FFCCS en su artículo primero reproduce este mismo enunciado de la Constitución y añade que:

“Su mantenimiento corresponde al Gobierno de la Nación.

Las Comunidades Autónomas participarán en el mantenimiento de la seguridad pública en los términos que establezcan los respectivos Estatutos y en el marco de esta Ley.

Las Corporaciones Locales participarán en el mantenimiento de la seguridad pública en los términos establecidos en la ley.

El mantenimiento de la seguridad pública se ejercerá por las distintas Administraciones Públicas a través de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad”.

Es innegable que el concepto de seguridad ha evolucionado en las últimas décadas, igual que ha evolucionado la sociedad. Grosso modo podemos señalar que, en el año 1986, fecha en la que se promulgó la L. O. 2/86 de FFCCS, aún eran embrionarios los cuerpos policiales autonómicos: la Ertzaintza se creó en 1982, los Mossos en 1983, la Policía Foral de Navarra se refundó en 1987 y la Policía Canaria se puso en marcha en 2010.

Por otro lado, aunque esta Ley ya lo recogía, tardaron varios años más en desplegarse las unidades de Policía Nacional adscritas funcionalmente a las comunidades autónomas; comenzaron su andadura a partir de 1991 mediante el R.D. 221/1991, en Galicia, Asturias, Andalucía, Aragón y Comunidad Valenciana.

En este mismo escenario, las llamadas policías administrativas todavía no se hallaban con el desarrollo de hoy en día, ni existía, por poner otro ejemplo ilustrativo más reciente, el CITCO.

EVOLUCIÓN DE LA CRIMINALIDAD

Lo que pretendo concretar con estas consideraciones previas es que los retos de la sociedad actual y de la evolución de la criminalidad han originado un vuelco en la noción clásica de seguridad y por ende del modelo de 1986, que es el marco jurídico en el que seguimos. En aquellos momentos supuso un avance notable en este campo, pero quizás no del todo capaz.

No cabe duda que tres décadas y pico después ese modelo está superado. Un modelo que necesita reconsiderarse para satisfacer los desafíos de la sociedad contemporánea. Una sociedad, la española, que en el seno de la Unión Europea afronta dificultades singulares en materia de seguridad, y específicamente en terrorismo, narcotráfico y fronteras, dada la situación geoestratégica de la península ibérica.

Por consiguiente, y para avanzar en el diagnóstico policial, conviene entrar en el detalle objetivable de qué tenemos entre manos. Veamos.

ESPAÑA: DIEZ REALIDADES POLICIALES DIFERENTES

En España hay diez realidades policiales diferentes: Policía Nacional, Guardia Civil, Servicio de Vigilancia Aduanera, Ertzaintza, Mossos de Escuadra, Policía Foral de Navarra, Cuerpo General de Policía de Canarias, Policía Local, Policía Portuaria y Agentes Medioambientales.

No computamos en este abanico heterogéneo las policías militares en el seno de las Fuerzas Armadas.

Así, coexisten en nuestro país tres cuerpos estatales y por tanto de ámbito nacional:

Policía Nacional, con 68.000 funcionarios. Condición: Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, dependiente del Ministerio del Interior.

Guardia Civil, con 78.000 agentes. Condición: Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, dependiente del Ministerio del Interior y del Ministerio de Defensa.

Servicio de Vigilancia Aduanera, con 1.800 miembros. Condición: Servicio de Seguridad del Estado, dependiente de la Agencia Tributaria del Ministerio Hacienda.

Todo ello supone 148.000 agentes dependientes del Gobierno Central.

COMUNIDAD DE INTELIGENCIA

Es preciso matizar que entre los diez colectivos mencionados tampoco hemos contabilizado ni al CITCO ni al CNI, puesto que no son entes estrictamente policiales, aunque sí operadores de seguridad. El Centro de Inteligencia contra el Terrorismo y Crimen Organizado (CITCO), dedicado a la inteligencia criminal, depende de la Secretaría de Estado de Seguridad. El CNI, con sus 5.000 hombres y mujeres, está volcado en la inteligencia más tradicional. A mi juicio, resulta ineludible tener en cuenta estos dos organismos a la hora de diseñar el futuro modelo policial y en consecuencia el mapa de seguridad que abarca una dimensión mayor.

POLICÍAS AUTONÓMICAS

Por lo que respecta a las policías autonómicas, subordinadas a sus gobiernos, existen de momento cuatro cuerpos.

  • Ertzaintza, con 8.000 agentes.
  • Mossos de Escuadra, con 17.000 agentes.
  • Policía Foral de Navarra, con 1.000 agentes.
  • Policía Canaria, actualmente con 150 agentes.

La suma arroja 27.000 efectivos bajo la autoridad de los Ejecutivos autonómicos.

POLICÍAS LOCALES

En cuanto a las policías locales, pertenecientes a los Ayuntamientos, (Policía Municipal, Guardia Urbana…), disponemos de 2.037 cuerpos de Policía Local, con 70.000 efectivos.

En lo relativo a las denominadas policías administrativas, podemos citar a la Policía Portuaria (2.000 efectivos) y a los Agentes Forestales o policía medioambiental (6.000 miembros), lo que brinda un total de 8.000 agentes.

Si acopiamos el personal de los diez colectivos citados, la cifra se eleva a 261.000 agentes. Este número nos ofrece una ratio aproximada de 4,8 policías por mil habitantes, ocupando el primer lugar en número de agentes por habitante en Europa. La media en la UE es de 3,6.

Capítulo aparte merecería la seguridad privada, con un “ejército” de 80.000 vigilantes repartidos por miles de empresas en todo el país. No obstante, como el propósito de este análisis se fundamenta en el modelo policial, nos centraremos exclusivamente en él.

DUPLICIDADES DE FUNCIONES

Si en España hay una decena de realidades policiales diferentes, es razonable pensar, en rigor, que existan duplicidades de funciones. Y así es. Hasta siete uniformes distintos pueden coincidir o actuar en un mismo lugar: CNP, GC, SVA, PA, PL, P. Portuaria y Agentes Medioambientales. No es necesario recrear un encaje de bolillos para observar a menudo estas situaciones sobre el terreno. La endogamia del modelo policial español es evidente desde el mismo momento en que una parte importante de sus esfuerzos van dirigidos precisamente a apuntalar la actual estructura extemporánea que, todos estamos de acuerdo, hay que cambiar.

Parece incuestionable, pues, que desde hace tiempo se precisa un nuevo marco legislativo. Una Ley Orgánica de Seguridad Pública (modelo policial) que racionalice estructuras, ámbitos y competencias.

De tal modo, mi propuesta en este sentido consta de cinco alcances: estatal, autonómico, local, administrativo y coordinación.

PROPUESTAS:

AMBITO ESTATAL

Unificación de los cuerpos y servicios dependientes del Gobierno de la nación.

Policía Nacional, Guardia Civil y Servicio de Vigilancia Aduanera constituirían un nuevo cuerpo de ámbito nacional, armado, civil y con estructura y organización jerarquizada de naturaleza igualmente civil. Conservaría la suma de sus actuales competencias, más aquellas otras que se pudieran considerar exclusivas, conjuntamente con las compartidas. Los miembros de la Guardia Civil que desearan mantener su carácter militar serían reubicados en el Ministerio de Defensa con un estatus adecuado a su condición de militares de carrera. También cabe la posibilidad de mantener el cuerpo de la Guardia Civil, más reducido, como policía militar en misiones internacionales de las FF.AA., dando a sus actuales efectivos la posibilidad de permanecer en el mismo.

A juicio de este ponente, entre otros avances significativos, se lograría:

I.- Optimizar recursos y evitar el “doble o el triple de todo” en infinidad de casos. Se salvarían desequilibrios y deficiencias estructurales como la multiplicidad de plantillas, competencias coincidentes, superposición de tareas o colisión de intereses corporativistas. Ello redundaría en un importante ahorro de arquitectura institucional y por tanto de costes en recursos humanos y materiales, entre otros factores. Sin duda, se elevaría la eficacia reduciendo gastos.

II.- Se dispondría de bases de datos únicas.

III.- Idéntico régimen estatutario para los agentes, cohesionando carreras profesionales y sorteando desigualdades.

IV.- Formación unificada con un mismo criterio y centro docente que funcione como Academia/Escuela Nacional de Policía.

V.- En recursos humanos se recuperaría para el servicio netamente policial a varios miles de agentes de todas las categorías que en la actualidad desarrollan cometidos administrativos o de gestión análogos y otras tareas no relacionadas con su carácter de agentes de la autoridad.

En definitiva, la unificación de las tres instituciones policiales de la Administración Central redundaría objetivamente en la optimización de medios, en el incremento de la calidad en la prestación del servicio a los ciudadanos y, por ende, en la mejora de la propia seguridad como bien social.

ÁMBITO AUTONÓMICO

I.- Delimitación de las materias que competen a las policías autonómicas, las compartidas con otros cuerpos y aquellas que son exclusivas del Estado.

ÁMBITO LOCAL

I.- Concreción de las materias que competen a las policías locales, las compartidas con otros cuerpos y aquellas que son exclusivas del Estado.

II.- Posibilidad de ampliar competencias a las policías locales según el grado de desarrollo y capacidades de cada uno de los 2.037 cuerpos dependientes de los municipios.

ÁMBITO ADMINISTRATIVO

Policía Portuaria. Actualmente dependen de las autoridades portuarias de España. Tienen carácter de policía administrativa y de agentes de la autoridad.

I.- Agrupar criterios dispersos en la materia y delimitar las competencias de las Policías Portuarias, las compartidas con otros cuerpos y aquellas que son exclusivas del Estado.

Agentes forestales y medioambientales. Actualmente dependen de las Comunidades Autónomas y, en menor medida, de unos pocos municipios. Poseen carácter de agente de la autoridad, de policía administrativa especial y de policía judicial en sentido genérico.

I.- Agrupar criterios dispersos en la materia y delimitar las competencias de las Policías Medioambientales, las compartidas con otros cuerpos y aquellas que son exclusivas del Estado.

COORDINACIÓN:

I.- Órgano central de coordinación entre cuerpos de seguridad. Establecimiento de jerarquía corporativa, con preeminencia de la policía del Estado para casos de discrepancia de atribuciones, acciones u omisiones contrarias al ordenamiento jurídico.

COLOFÓN

Este es, sintetizado, el modelo policial que en mi opinión conviene a nuestro país en un siglo, el XXI, que se caracteriza en la esfera de seguridad internacional por el fenómeno del “crimen sin fronteras”. Como ya ha quedado evidenciado, la situación geoestratégica de la península ibérica nos confiere una idiosincrasia singular en la UE y, por esta razón, en el espacio Schengen de libre circulación. En el libro “Criminalidad y globalización” (UNED-IUGM, 2017) señalo, junto a otros autores, este hecho como la campana que nos debe poner en alerta ante el terrorismo yihadista, el narcotráfico, las mafias de la inmigración clandestina o cualquier otro modus operandi del crimen organizado transnacional. Estos retos únicamente se pueden afrontar con éxito desde un modelo policial sólido, donde el Estado disponga de capacidades suficientes y, por consiguiente, de la coordinación eficaz de todos y cada uno de los cuerpos policiales.

[N. del A. Esta ponencia aún no ha sido expuesta ante la Comisión para el estudio del modelo policial del siglo XXI, interrumpida en 2019. Se desconoce si el Parlamento volverá a reeditarla]

(*) Ricardo Magaz es profesor de Fenomenología Criminal en la UNED, ensayista y miembro de la Policía Nacional (seg/ac)

4 COMENTARIOS

  1. Y que todos los cuerpos sean permeables a la movilidad horizontal de funcionarios, hay muchos grandes profesionales atrapados por unas leyes de función pública que tienen conceptos del siglo pasado.

  2. No se le puede poner ni un pero. Lastima que no se pueda llevar a cabo por los intereses políticos y de los altos mandos de unos y de otros.

  3. ¿Unificar Guardia Civil y Policía Nacional? ¡En la puta vida! Se os ve el plumero a la legua… La Guardia Civil es, y será, militar siempre. Es más, sólo deberían existir tales policías de carácter nacional, y procederse a la disolución de autonómicas y locales (ya hemos visto la “lealtad” de ciertas autonómicas).

  4. ¿Unificar Guardia Civil y Policía Nacional? ¡En la puta vida! Se os ve el plumero a la legua… La Guardia Civil es, y será, militar siempre. Es más, sólo deberían existir tales policías de carácter nacional, y procederse a la disolución de autonómicas y locales (ya hemos visto la “lealtad” de ciertas autonómicas).

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