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Detenida por inventarse un quebrantamiento de orden de alejamiento cuando su expareja estaba detenido en calabozos de comisaría

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La Policía Nacional ha detenido en Fuengirola (Málaga) a una mujer de 40 años acusada de simular un delito al denunciar que su expareja, un hombre de 64 años con una orden de alejamiento por violencia machista, había incumplido la medida judicial y la había amenazado. La investigación reveló que el supuesto agresor no pudo cometer los hechos, ya que en el momento en que, según la denunciante, se produjeron las amenazas, él se encontraba detenido en los calabozos de la propia comisaría.

Una denuncia que no cuadraba

Los hechos se desencadenaron cuando la mujer acudió a dependencias policiales para alertar de que su expareja había quebrantado la orden de alejamiento y la había intimidado verbalmente. La gravedad del relato activó de inmediato los protocolos de protección, pero los agentes detectaron rápidamente incongruencias en la versión.

Al comprobar la situación del denunciado, los policías constataron que el hombre llevaba horas bajo custodia policial por un asunto previo, lo que hacía materialmente imposible que hubiera contactado con la denunciante.

Investigación y detención

Ante la evidencia, los agentes iniciaron diligencias por un presunto delito de simulación de delito, que culminaron con la detención de la mujer. Según fuentes policiales, la investigación apunta a que la denunciante habría intentado manipular la situación judicial de su expareja, aprovechando la existencia de la orden de alejamiento.

El hombre, por su parte, permanece a disposición judicial por el procedimiento que motivó su detención inicial, pero queda descartado como autor de los hechos denunciados por su expareja.

Consecuencias legales

La simulación de delito está tipificada en el Código Penal y puede acarrear penas de multa, además de posibles responsabilidades civiles si se demuestra que la falsa acusación generó perjuicios a terceros o a la Administración de Justicia.

Fuentes policiales insisten en que este tipo de actuaciones, aunque minoritarias, entorpecen la protección real de las víctimas y consumen recursos esenciales destinados a casos de violencia de género auténticos y urgentes.

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