Concesión de medallas: inadmitido el recurso de un capitán contra la concesión de la Gran Cruz del Mérito Militar al presidente de la CEOE por “falta de legitimación”

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El Tribunal Supremo inadmite el recurso de un capitán contra la concesión de la Gran Cruz del Mérito Militar al presidente de la CEOE.
El capitán defendía tener un interés legítimo para recurrir al considerar que la condecoración era inmerecida e injustificada.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha inadmitido, por falta de legitimación activa, el recurso presentado por un capitán ingeniero técnico aeronáutico contra el Real Decreto de 2021 que concedió la Gran Cruz del Mérito Militar con distinto blanco al presidente de la CEOE, Antonio Garamendi Lecanda.

El capitán defendía tener un interés legítimo para recurrir al considerar que la condecoración a Garamendi era inmerecida e injustificada, lo que tenía el efecto de devaluar la Cruz del Mérito Aeronáutico concedida al recurrente en 1983.

Sin embargo, el Supremo concluye que, desde los propios presupuestos de los que parte el recurrente, no cabe considerar que se le haya irrogado perjuicio alguno, y que por tanto ningún interés legítimo le asiste para recurrir, lo que conduce a inadmitir el recurso por falta de legitimación activa.

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Pablo Lucas Murillo de la Cueva, descarta que la condecoración a Garamendi pueda influir tan negativamente en otra distinta concedida 39 años antes a otra persona (el recurrente), de modo que la haya devaluado.

La Sala subraya que la iniciativa de conceder la recompensa, de acuerdo con el expediente, surgió del Jefe del Estado Mayor del Ejército, acompañada del informe correspondiente, fue aprobada por la Ministra de Defensa, que es quien la elevó al Consejo de Ministros, el cual deliberó y acordó el Real Decreto 436/2021, que concedió la Gran Cruz a 14 personas.

“Es verdad que la justificación que ofrece dicho informe es genérica, pero, según resulta de las actuaciones, descansa en hechos relevantes en los que ha intervenido el Sr. Garamendi Lecanda como Presidente de la CEOE en favor del Ejército de Tierra. Hablamos de las actividades que señala como notorias el Abogado del Estado y también resalta la contestación a la demanda del recurrido. Actividades de las que, significativamente, nada dicen las conclusiones del recurrente”, señala la Sala.

En el informe del jefe del Estado Mayor, según recoge la sentencia, se detallaban siete proyectos a los que contribuyó Garamendi que se consideraban de gran interés y trascendencia para el Ejército de Tierra.

Asimismo, considera evidente que la concesión se hizo en la condición del Sr. Garamendi Lecanda de Presidente de la CEOE, “de manera que no sólo distingue o recompensa la Gran Cruz del Mérito Militar a la persona sino también a la organización que preside y representa. No olvidemos que la propuesta consigna su condición de Presidente de dicha organización”.

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